Colón. En este terreno privado en calle 2da, avenida Central, los “piedreros” se han dedicado a utilizarlo para hacer sus necesidades fisiológicas, lo que ha provocado quejas por parte de los vecinos y hasta de los estudiantes de una escuela primaria cercana al lugar.
Unas 13 bolsas con desechos, trapos sucios, metal y otros objetos, dejadas por los indigentes, han sido encontradas y sacadas del lote en mención.
El Instituto Nacional de Cultura (INAC), a través de la Dirección Nacional de Patrimonio Histórico, ha declarado los sitios arqueológicos subacuáticos ubicados en la zona del mar territorial panameño. En la resolución del INAC se señala como propiedad del Estado todos los objetos arqueológicos (estructuras náuticas, artefactos, piezas completas y fragmentos de los anteriores) que se encuentran en los sitios arqueológicos subacuáticos y en su entorno inmediato de acuerdo a una serie de coordenadas establecidas.
Las zonas arqueológicas subacuáticas están divididas por áreas. La primera área es Isla Naranjos-desembocadura del Río Chagres, la segunda Portobelo, la tercera Nombre de Dios, la cuarta San Blas, la quinta y sexta es el Archipiélago de las Mulatas I y II, entre las áreas también se encuentra la isla Perico.
Entre las áreas declaradas zonas arqueológicas se encuentran ubicados barcos de la Flota del Pirata Morgan, barcos españoles, ingleses, escoceses, portugueses, entre otros.
Para declarar las zonas arqueológicas subacuáticas se basaron en la Constitución de la República de 1972, Ley de Derecho del Mar, Ley N° 14 de 1982 de Patrimonio Histórico, Convenciones Internacionales de UNESCO, Ley N° 6 del 8 de noviembre de 1973, Ley N° 9 y Ley N° 10 de 1977.