El Consejo Municipal del distrito de Antón, a través de nota del 24 de marzo del presente año, ordenó al alcalde aplicar la Ley 55 del 10 de julio de 1973 y suspender temporalmente toda extracción arenera en los ríos del distrito de Antón.
Los ediles antoneros manifestaron que es función de esta municipalidad el promover el desarrollo de la comunidad y la realización del bienestar social, dándose el caso de la actual proliferación en modo indiscriminado de gran número de permisos de extracción arenera desde los ríos del distrito de Antón, lo cual atenta con el desarrollo sostenible de esta región.
Señalaron que la tramitación, expedición y número resultante de los permisos constituyen depredación contra los recursos naturales resultando un atentado contra el destino turístico de esta región.
Alegan que la acción de las autoridades del Ministerio de Comercio e Industrias (MICI), la Autoridad Nacional del Ambiente, (ANAM), en cuanto a la expedición de tales permisos pudieran rayar en lo delictivo.
Indicaron que el artículo 39 de Ley número 55 del 10 de julio de 1973 determina que el alcalde podrá detener temporalmente la extracción de minerales no metálicos o cuando se den razones de interés nacional.
En tal sentido, ordenan al alcalde municipal el aplicar sin limitaciones la ley con notificación inmediata a la Dirección Nacional de Recursos Minerales y frenar en modo absoluto por 15 días toda extracción arenera en los ríos del distrito.
Los concejales se dirigieron además al Presidente de la República, Ernesto Pérez Balladares, donde le expresan el aceleramiento e inusitado número, tanto en modo y forma en la tramitación y expedición de los permisos areneros en los ríos de esta jurisdicción.