Sala reitera el fallo que prohíbe los retenes sin indicios de un crimen en Costa Rica


La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica reiteró hoy la prohibición de realizar retenes policiales en las vías públicas del país sin que existan indicios de que se haya cometido un crimen.


La Sala notificó hoy al Gobierno la redacción completa del fallo, cuya parte resolutiva fue anunciada el pasado viernes y en el que se resolvió con lugar un recurso de hábeas corpus presentado por el abogado Juan José Rímolo.


El abogado denunció que el pasado 9 de agosto, policías requisaron su vehículo en un retén, lo que él consideró como una herramienta preventiva ilegítima porque afecta la libertad de tránsito de los ciudadanos.

 

Este fallo generó polémica cuando el ministro costarricense de Seguridad, José María Tijerino, lo calificó el martes pasado como una "atadura de manos" y la presidenta Laura Chinchilla como una "piedra" en la lucha contra la delincuencia.


Chinchilla dijo ese día que se acatará el fallo y se seguirán realizando retenes sólo cuando haya sospechas de un crimen, pero anunció que el Gobierno prepara un recurso de aclaración, pues considera que existe jurisprudencia contradictoria al respecto dentro del mismo tribunal.


En su fallo completo, los magistrados indican que "la Policía puede realizar controles para identificación de las personas, averiguación de la condición migratoria, control fiscal, trasiego de especies vegetales o animales, entre otros (...), pero no es posible que estos operativos se realicen de una forma indiscriminada".

 

Agrega que "mucho menos (es permitido) que se coaccione u obligue a las personas para que permitan el acceso al interior de su vehículo, sin que exista noticia criminis o indicios comprobados de la comisión de un delito".


"El hecho de detener, registrar u ordenar que una persona se baje del vehículo y proceder a registrarlo sin justificación alguna, como ocurrió en el caso bajo estudio, excede claramente las potestades policiales otorgadas por la Constitución Política", sentenciaron los jueces.


Por su parte, la organización defensora de los derechos humanos Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) indicó hoy en un comunicado que la decisión de la Sala Constitucional está acorde con estándares internacionales y sienta un precedente en el país.

 


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