La detención preventiva, la más enérgica de las medidas cautelares que se establecen en el Código Judicial, pone tras las rejas a seis personas diariamente.
Durante el primer semestre del año el artículo 2140 del Código Judicial se le aplicó a 964 personas, de las cuales 131 casos corresponden a menores de edad.
La medida se ejecuta cuando el delito tiene señalada como pena mínima desde cuatro años de prisión y se acredite la falta y la vinculación del imputado a través de un medio probatorio que produzca certeza jurídica del acto. También cuando exista la posibilidad de fuga, desatención al proceso, peligro de destrucción de pruebas o que pueda atentar contra la vida o la salud de otra persona o contra sí mismo.
Los 964 casos de detención preventiva solo corresponden al 6% del total de la población penitenciaria, que actualmente suman 14,026 condenados. La mayoría de los casos de adultos, unos 711 están ubicados en centros penales, otros 54 están en un sistema transitorio y los 64 restantes aún están por confirmar a qué centro penal se enviaron.
Del total de menores, la mayoría está recluido en el centro Arcoíris, en Tocumen, pero 18 están a órdenes de juzgados o tribunales; es decir, que son juzgados bajo los parámetros de la ley para adultos.
Sin embargo, la medida en algunos casos es considerada como abusiva por parte de los profesionales del derecho, quienes buscan que a sus clientes se les apliquen otras medidas cautelares que los dejen fuera de las rejas. Pero, toda moneda tiene dos caras y los que forman parte del Sistema Judicial la consideran oportuna. Una de las que aboga por esta medida es la fiscal segunda superior Argentina Barrera, quien asegura que garantiza que no haya impunidad y es un mecanismo de protección a las víctimas. Para Barrera, quien está a cargo de investigar los casos de homicidio y hechos graves como lesiones personales que ocurren en el populoso distrito de San Miguelito, uno de los sectores de mayor peligrosidad del país, la detención preventiva es necesaria, porque de lo contrario se estaría ante una persona peligrosa en las calles y que volvería a cometer este u otro tipo de delito.
Según Barrera, si flexibilizan las medidas cautelares se estaría ante un problema más grave que es el reproche de la sociedad al sentir que los entes de administración de justicia no están haciendo su trabajo.
“¿Qué pasaría en un caso donde una mujer le desfigura el rostro a otra con potasa y al día siguiente a la víctima le toca ver a su agresora tranquilamente por las calles sacándole la lengua?”, se pregunta Barrera, al tratar de justificar la importancia de aplicar las detenciones preventivas.
De acuerdo con Barrera, la conducta delictiva de un homicida por lo regular es en dirección a la destrucción de las pruebas o de intimidación a los familiares de la víctima, por esa razón se estaría mandando un mal mensaje a la sociedad al tener que advertirle a un sujeto que está siendo investigado por un delito grave y dejarlo en libertad.
La funcionaria es consciente de la situación que existe por el hacinamiento carcelario, pero considera que hay un principio primario que es el de garantizar la seguridad y la vida de los ciudadanos.
Los fiscales están facultados para aplicar la detención preventiva cuando se trata de casos graves como los homicidios, lesiones personales, robo agravado, terroristas y narcotraficantes.
Sin embargo, hay voces de abogados litigantes como Carlos Herrera Morán, quienes cuestionan la labor del Ministerio Público al considerar que los fiscales están abusando de la aplicación de la detención preventiva y los responsabiliza del hacinamiento en las cárceles del país.
Para Herrera Morán la actitud de los fiscales con el amparo de los jueces al avalar las detenciones preventivas implica que no se está cumpliendo con las reformas al Código Judicial del mes de enero de 2001, donde se establece una lista de seis medidas cautelares distintas a la detención preventiva.
Según Herrera Morán, la ley de antipandillas es una de las razones que ha ocasionado este tipo de abusos en materia de detención preventiva.
Asegura que hay casos en donde se hacen operativos de profilaxis social y con el argumento de operativos antipandillas encierran a cuanta persona detienen, que pasan años en las cárceles del país en espera de juicio.
Un ejemplo, según enumeró, son los 73 imputados por presuntamente formar parte de la pandilla Vietnam 23 que opera en el corregimiento de El Chorrillo.
"Hace dos años fueron detenidos en un operativo realizado en horas de la madrugada y desde ese momento permanecen privados de libertad. Para el 23 de septiembre está programada la audiencia", explicó.
Sobre estos casos en particular, el fiscal superior contra el crimen organizado, Nathaniel Murgas, asegura que cuando se da una detención preventiva por casos de antipandillas, existen elementos contundentes que vinculan a las personas.
“Hemos encontrado casos donde se presentan hasta siete personas que viven en el área, pero no guardan ninguna relación, y todos apuntan a las mismas personas”, explicó Murgas.
El fiscal considera que las detenciones preventivas han dado resultado en estos casos, porque se saca de circulación a un grupo de personas que siembran el terror en las comunidades.