Sociedad

Efectividad del SPA, a prueba

Las decisiones que toman las figuras que componen el Sistema Penal Acusatorio (SPA), adoptado gradualmente en...

El SPA también permite que la víctima y el acusado lleguen a acuerdos a través de conciliación. /Foto SPA
El SPA también permite que la víctima y el acusado lleguen a acuerdos a través de conciliación. /Foto SPA

Las decisiones que toman las figuras que componen el Sistema Penal Acusatorio (SPA), adoptado gradualmente en el país desde el año 2011, están poniendo en prueba de fuego la efectividad de su procedimiento.

Precisamente, la inquietud sobre el método surgió tras la fuga de cuatro costarricenses de la provincia de Chiriquí, donde el SPA entró en vigencia el año pasado.

Esto, luego de que una juez de garantía les impuso una medida cautelar de impedimento de salida del país y les ordenó establecer un domicilio en la ciudad de David, después de que fueron sorprendidos con una embarcación con 500 paquetes de cocaína.

 

Aparentemente, la medida que tomó, diferente a la detención preventiva, permitió la salida del país de los sujetos.

El abogado y asesor de la Comisión Revisora del Código Penal Armando Fuentes consideró que se trata de una decisión "desacertada", pues, entre las razones principales para considerar la medida cautelar se encuentra que la persona mantenga un arraigo en el país, situación que no se presentó en los costarricenses.

"Cómo se le da una medida cautelar a una persona que está en un hotel, eso es un elemento que la persona no tiene, y demuestra un evidente peligro de fuga", detalló.

 

Ante la libertad que les permite el SPA a los jueces de tomar la medida que consideren adecuada, siempre y cuando se base en argumentos, se debe contar con jueces preparados, a juicio de Fuentes.

Según el jurista, la debilidad puede radicar en la falta de preparación de los jueces, que tomaron al juez para ese caso, o en otras posibles motivaciones.

El dictamen de la juez sobre este caso en la provincia chiricana fue incluso cuestionada por el propio magistrado presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), José Ayú Prado.

 

Prado mediante un carta puso en conocimiento al Ministerio Público (MP) sobre un posible delito de oficio.

Por su parte, Fuentes no cree que se debe poner en conocimiento en primera instancia al MP, sino que el Órgano Judicial abra su propia investigación, "por lo menos administrativa" para conocer qué sucedió y si se descubre algo irregular, entonces, se avise al MP.


El sistema

 

Fases: El Sistema Penal Acusatorio (SPA) consta de tres fases: investigación, fase intermedia y oral. En la primera, el Ministerio Público debe realizar una investigación objetiva de los delitos perseguibles de oficio y de los promovidos por querella. En la fase intermedia, el fiscal presenta el escrito de acusación para que la persona imputada sea llevada a juicio y se debate sobre las pruebas. Y en la tercera fase, el juicio está presidido por tres jueces y se practican las pruebas admitidas.

Derechos: El SPA ofrece derechos a la víctima del delito y a las personas aprehendidas para investigación.

Ventajas: El SPA contempla un procedimiento oral, rapidez en los trámites judiciales, disminuye el número de procesos sin condena, el juez escucha y tiene mayor contacto con el imputado y la víctima, entre otros.

Datos

2011 fue el año en que se inició el Sistema Penal Acusatorio (SPA) en el segundo distrito judicial, que lo componen Veraguas y Coclé.

2012 en este año el cuarto distrito judicial, compuesto por Herrera y Los Santos, se sumaron al SPA; y en el 2015, lo hicieron Bocas del Toro, comarca Ngäbe-Buglé y Chiriquí. En el 2016, el primer distrito judicial inició su uso.


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1045064
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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