@JasonMoralesV
El constitucionalista Miguel Antonio Bernal ha expresado que no comparte la propuesta del presidente de la República, Juan Carlos Varela, por una asamblea constituyente paralela, la cual ha tildado de “sinvergüenzura”.
El también catedrático ha dejado claro que hacer reformas sería un “error”, debido a que ese periodo se agotó y se necesita una Carta Magna nueva, distinta de la militarista de 1972.
Bernal plantea que Panamá debe abocarse a un proceso constituyente que convoque a un referéndum en el que la población decida si se necesitan cambios constitucionales o no.
Señala que de salir favorable, y abrirse un proceso de debate de seis meses, debe entonces establecerse una asamblea constituyente que sea integrada por todos los sectores del país, para que redacten el documento, como en 1946.
El artículo 314 de la Carta Magna establece que es a través de una asamblea constituyente paralela como se modifica la Constitución y así mismo determina que puede ser convocada por el Ejecutivo, por iniciativa de la propia Asamblea Nacional o de los ciudadanos.
A juicio del expresidente del desaparecido partido Frente Amplio por la Democracia (FAD), Fernando Cebamanos, en Panamá debe hacerse una constituyente que refunde el país.
“Ya no hay en quién creer, la misma población debe hacer la constituyente; no pueden ser los mismos que han provocado esto los que hagan cambios a la Constitución porque llegaría a lo mismo”, apuntó.
Sin embargo, el presidente Varela informó que el 1 de julio próximo, cuando se cumple el primer año de su gestión dará a conocer detalles sobre esta convocatoria. Varela ha planteado en otras ocasiones que está en espera que haya el ambiente adecuado para la convocatoria.
Esta vez, el proceso buscaría la preparación de un documento totalmente nuevo, que rija las garantías fundamentales y el rol de las instituciones, promovió el mandatario.
Comentarios
- Originaria: Aún menos probable sería que se llegue a redactar una nueva constitución, pues la última vez que Panamá tuvo una asamblea constituyente fue el 29 de diciembre de 1946, durante la presidencia de Ricardo Adolfo De La Guardia.
- Convocatoria: El Tribunal Electoral (TE), la institución encargada de reglamentar esta figura de reforma, ya sea paralela u originaria.
- Soberanía: La constituyente originaria no estaría sujeta a ninguna constitución; es una potestad absoluta y se atribuye un carácter soberano que le permite, si lo estima conveniente, tomar otras determinaciones.