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El Instituto Panameño de Turismo en defensa del medio ambiente


Velar por el impacto ambiental, en muchas ocasiones positivo o negativo, es la función de mayor relevancia que el atañe a la Unidad Ambiental del Instituto Panameño de Turismo, IPAT.
La Ley 41, Ley General del Ambiente- es considerada el pilar forjador de lo que hoy día es la Unidad Sectorial Ambiental que a su vez ejecuta la función de mediadora a la hora de formalizar todo tipo de exigencias establecidas para el debido estudio del impacto ambiental. Dicha unidad de impacto se aplica previamente a todo proyecto con la finalidad de obtener una evaluación ambiental, posteriormente aprobada por la ANAM, que conjuntamente con el IPAT velan por los Recursos Sostenibles del medio ambiente.
Que los proyectos turísticos sean lo más "amigables" con nuestro entorno es la real expectativa que se verifica a través de un monitoreo del impacto ambiental en torno al plano turístico.
Dentro de la Unidad de Impacto Ambiental el IPAT ejerce múltiples funciones que van desde brindar una asesoría ambiental secundaria, completamente gratuita para proyectos futuros, hasta fiscalizarlos para el sector turismo.
Según el Sr. Juan Morales, Ingeniero Forestal especializado en medio ambiente, el IPAT ya ha realizado un total de 50 estudios ambientales a nivel institucional, señalando que todo aquel que evada la declaración de impacto ambiental o Ley 41 se le impondrá una multa la cual se atendrá a la gravedad del daño ambiental efectuado y el área donde se llevó a cabo el mismo.
Actualmente la Unidad de Impacto Ambiental cuenta con 2 íconos relevantes como el Licenciado Evans Canto, geógrafo y el Ingeniero Juan Morales quienes la labor de llevar a cabo la previa evaluación del perfil del proyecto y la visita de campo que será asentamiento de una atracción turística. Para mayor información consulte la página Pacora51@hotmail.com.


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42729
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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