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La verdad sobre las pensiones alimenticias


La modernización de la justicia familiar, en materia de pago de pensiones alimenticias, tocó las puertas del país.
Esto es posible gracias a la implementación del convenio suscrito por el Organo Judicial en marzo de 2002 con el Banco Nacional de Panamá, mediante el cual éste se constituye en el ente recadador de las pensiones alimenticias.
Según explicó Manuel Espino, juez Primero Municipal de Familia de Panamá y Coordinador Nacional del Convenio, desde septiembre de 2002 a la fecha se hizo efectiva la primera fase.

Incluye las personas que pagan pensiones alimenticias de manera voluntaria vía giros postales, a quienes en el tribunal a través de una cuenta de ahorros les hace el acreditamiento de pensiones alimenticias en el BNP. También esta fase cubre a los que pagaban por descuento directo de empresas privadas, las cuales enviaban los cheques a los tribunales, a los juzgados, para que se hiciera efectivo el pago.
Como muestra de la buena receptividad hacia el sistema, dijo que sólo en los primeros seis meses se abrieron más de 5,000 cuentas de ahorro.

Esta incluye las pensiones alimenticias que se pagan por descuento directo a los empleados públicos, que se pagan a través de la Contraloría General de la Nación: 11,575 en total.
A partir de este mes de octubre los juzgados (que son los que dan el oficio autorizando a las personas a abrir la cuenta) en conjunto con la Contraloría General de la Nación, están coordinando la implementación de esta fase y se espera que empiece a operar el pago de estas pensiones con el nuevo sistema antes de concluir el Año del Centenario.
El juez Espino hizo un llamado a estas personas para que comparezcan a los juzgados donde se les fijó la pensión alimenticia, llenen el formulario de apertura de cuenta y el juzgado comunique a la Contraloría el No. de cuenta para que el descuento de pensión sea depositado en ésta.

 
Por otra parte, la fuente enfatizó que “el convenio es único y exclusivamente para los juzgados, no para las corregidurías”. Es decir, si la pensión fue establecida por un juzgado puede acogerse al nuevo sistema de pago, de lo contrario, siga haciéndolo como hasta ahora.
Ahora bien, valga decir que el entrevistado hizo, además, varias aclaraciones.
1. Antes en el juzgado le daban los cheques y los talonarios de seguros. Hoy día el talonario se seguirá entregando en la Contraloría General de la Nación o en el juzgado, según sea el caso.
2. En el caso de madres con varias pensiones, se abre una cuenta de ahorros por cada pensión alimenticia para evitar confusiones, pero se le entrega una sola tarjeta clave.
Asimismo, el entrevistado informó que en el Organo Judicial se manejan 50 mil pensiones a nivel nacional, y que se escogió el Banco Nacional porque tiene sucursales a nivel nacional, más de 50 y sólo se exceptúan los distritos (San Francisco de la Montaña en Veraguas, Boquerón en Chiriquí, Portobelo en Colón), donde no hay BNP.
Explicó que en esos distritos no es obligatorio que el juez implemente este nuevo sistema porque sería más costoso para los beneficiarios cobrarlas porque la mayoría de las pensiones son por un monto bajo y los costos de transporte hasta un lugar donde hubiera un BNP son gastos innecesarios. Por ende, estas personas seguirán cobrándolas donde lo hacen actualmente.
Pero, si alguna persona residente en distrito donde no hay sucursal del BNP desea acogerse a ese sistema lo puede pedir al juzgado y el juez está obligado a abrirle la cuenta y hacer los depósitos del dinero.
Finalmente, reiteró su llamado a quienes pueden acogerse al sistema a que acudan a los juzgados a abrir sus cuentas de ahorros para que tan pronto se implemente la segunda fase del sistema, antes de fin de año, se agilice y cambie el modo de pago de sus pensiones alimenticias.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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