AI sostiene que los crímenes de la dictadura uruguaya son imprescriptibles


Amnistía Internacional (AI) presentó hoy un informe en el que sostiene que los crímenes cometidos por la dictadura uruguaya (1973-1985) no fueron delitos comunes y que por lo tanto no pueden estar sujetos a prescripción alguna, pese a lo que señala la Suprema Corte de Justicia (SCJ) del Uruguay.


En su trabajo, titulado "Uruguay: los crímenes de derecho internacional no están sujetos a prescripción", la organización defensora de los derechos humanos sostiene que todos los crímenes cometidos por la dictadura, que incluyen torturas, asesinatos y desapariciones forzadas deben ser puestos ante la Justicia sin impedimentos, ya que no fueron "delitos comunes u ordinarios".


Así, AI consideró que la decisión de la SCJ es contraria al derecho internacional al permitir la prescripción de esos delitos, además de suponer un "peligroso precedente" para futuros casos de delitos de derecho internacional que podrían ser "susceptibles de prescripción en Uruguay".

 

La organización apunta a que Uruguay, como Estado, se obligó a condenar delitos en su legislación como el genocidio, los crímenes de lesa humanidad, los crímenes de guerra, la tortura y las desapariciones forzadas antes de que esos delitos se cometieran en Uruguay a partir de 1973.


Así, la SCJ estaría equivocada al considerar que no se puede juzgar por el delito de desaparición forzada a quienes lo cometieron en Uruguay por ser "un delito creado contemporáneamente".


"Como Estado Parte en la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de lesa humanidad Uruguay se encuentra obligado a no aplicar la prescripción a los crímenes antes señalados, cualquiera que sea la fecha en que se hayan cometido", apunta el informe.

 

De este modo, AI pidió al Gobierno que envíe con prontitud una ley al Parlamento para enmendar el Código Penal en lo que atañe a la prescripción y que subraye la imprescriptibilidad de los delitos comunes y ordinarios "que constituyan graves violaciones a los derechos humanos" y sin importar su fecha de comisión.


El próximo 20 de noviembre es la fecha que la SCJ estableció como límite para juzgar los delitos de la dictadura al considerarlos "ilícitos comunes muy especialmente agravados" pero no de lesa humanidad.


El Código Penal uruguayo prevé 20 años de prescripción para el delito de homicidio, que es el más grave, y el plazo puede ser ampliado en un tercio en función de las agravantes del caso, lo que establece un máximo de 26 años y ocho meses.

 

La SCJ había determinado tiempo atrás que el período de la dictadura no debe ser considerado para determinar la prescripción debido a la falta de garantías y toma como referencia la fecha del 1 de marzo de 1985, cuando se recuperó la democracia.


En respuesta a esta situación, varias organizaciones de derechos humanos presentaron ante el Parlamento un anteproyecto de ley contra la prescripción de los delitos de la dictadura.


En ese texto se pide expresamente que Uruguay cumpla con lo establecido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en marzo pasado para el caso de Gelman, que apuntó a la responsabilidad del Estado en la desaparición en 1976 de la familia de Macarena Gelman, nieta del poeta argentino Juan Gelman.

 

La sentencia de la Corte pide expresamente que a estos casos "no se apliquen otras normas análogas del ordenamiento jurídico interno que excluyan la responsabilidad penal", como la prescripción, la no retroactividad de la ley penal o la cosa juzgada.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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