Camino pedregoso para la libertad de expresión


No bastó con las Leyes 11 y 68 que han “regulado” el ejercicio periodístico y más de una vez han atentado contra la libertad de expresión, para tratar de mantener a raya a los periodistas.
Estos, aunque conscientes de que esa espada pendía sobre ellos, aprendieron a vivir con el mal y a soslayarlo en aras de realizar su labor.
Y por fin llegó el día en que, como un caramelo que se le da a un niño para tranquilizarlo, la Asamblea Legislativa, durante este primer año de labor, derogó totalmente la Ley 68 de 1978, creadora de la Junta Técnica de Periodismo, que permitía al Ministerio de Gobierno y Justicia controlar el ejercicio de la profesión mediante el otorgamiento de licencias.
La misma ley derogó los artículos 15, 16, 17 y 19 de la Ley 11 de 10 de febrero de 1978, las cuales permitían al mismo ministerio aplicar sanciones pecuniarias y hasta el cierre de medios.
Eso se hizo a través de la Ley 55, de diciembre de 1999, cuyo propulsor fue el legislador Arturo Araúz.
Una vez sancionadas las nuevas disposiciones por parte del Ejecutivo, se le dio al Ministerio de Gobierno y Justicia un plazo de 180 días para la elaboración de un anteproyecto sobre la materia que contara con el consenso de las empresas periodísticas y de los gremios del país.
Para este fin, se nombró una comisión por parte del Gobierno, conformada por miembros del Ejecutivo, periodistas, abogados y dueños de medios, la cual, pasados los 180 días, no rindió un informe oficial sobre lo que había adelantado ni presentó un proyecto de ley cónsono con la necesidad de tener un libre ejercicio del periodismo y una libertad de expresión sin ambages.
Detectó, sin embargo, más de 20 normas que limitan el acceso a la información y que siguen vigentes, a pesar de la derogatoria de las Leyes 68 y 11.
Fue entonces cuando el caramelo se derritió en la boca del niño, dejándole un sabor agridulce porque ahora resulta que existen unas 25 disposiciones contenidas en distintas leyes, que restringen el derecho del periodista a tener acceso a la información susceptible de ser publicada.
Y da la casualidad que esas 25 disposiciones son las que, recopiladas, están contenidas en la Ley 38 por la cual se aprueba el Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Administración y se regula el Procedimiento Administrativo General.
Por la aprobación de esa ley, que pasó, como quien dice, agachada en la Asamblea Legislativa, la presidenta Mireya Moscoso y parte de su equipo de gobierno, brindó hasta con champaña en la sede de la Procuraduría de la Administración.
Y no hay que olvidar que la presidenta Moscoso se había comprometido, al principio de su gobierno, que hoy cumple un año, a derogar las leyes de prensa por considerarlas violatorias de la libertad de expresión y destacó que se había iniciado el proceso de consultas que involucraría a representantes del sector privado, el gobierno, periodistas y directivos de medios, con la finalidad de eliminar esta “nociva” ley y crear un nuevo instrumento jurídico.
Un año después, ¿cómo compagina la mandataria el hecho de que el Artículo 70 de la Ley 38 se refiera a prohibiciones relativas a la información de reserva, con el hecho de que prometió plena libertad de expresión y la eliminación de disposiciones legales que atentaran contra ella?
Y es que esas prohibiciones no son superficiales ni pueden pasar inadvertidas. El Artículo 70 define como información de reserva a aquélla que por razones de interés público o particular no puede ser difundida porque podría causar graves perjuicios a la sociedad, al Estado o a la persona respectiva, como es el caso de negociaciones de tratados o convenios, seguridad nacional, situación de salud, ideas políticas, estado civil, inclinación sexual, antecedentes penales y policiacos, cuentas bancarias y otras de naturaleza similar, que tengan ese carácter de acuerdo a una disposición legal.
Pese a ello, la procuradora de la Administración, Alma Montenegro de Fletcher, aseguró a este medio que, contrario a lo que se ha interpretado, “es ahora cuando el periodista tiene más acceso a la información”, tomando en cuenta que la norma indica que ningún funcionario podrá negar información que no sea de reserva a ningún ciudadano.
Siendo así, añadió, el debate debe centrarse en si deben o no, ser mantenidas diversas normas existentes como una limitación a la libertad de información.
Estas normas están contenidas en leyes como la del secreto bancario, la que crea la Comisión Nacional de Valores, la Contraloría, la Autoridad del Canal; los códigos Fiscal, Administrativo, de la Familia, de Comercio, el Judicial, el Sanitario, el Penal; el Reglamento Interno de la Asamblea Legislativa, entre otros.
Ahora bien, esta ley se sanciona precisamente en momentos en que se han dado arrestos contra periodistas (Carlos Singares, director de El Siglo), condenas contra otros (Marcel Chéry, de


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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