CONSTRUCCIÓN**En materia de construcción de edificios, venía rigiendo la Resolución No. 56-90 de 26 de octubre de 1990, del Ministerio de Vivienda, que permitía rascacielos justo al lado de viviendas unifamiliares, en calles estrechas, no importa


CONSTRUCCION**En materia de construcción de edificios, venía rigiendo la Resolución No. 56-90 de 26 de octubre de 1990, del Ministerio de Vivienda, que permitía rascacielos justo al lado de viviendas unifamiliares, en calles estrechas, no importa que tapara a otros la vista y la luz, ni que permitieran ojear las recámaras del vecino, y sin considerar la capacidad de soporte de los servicios de agua y alcantarillado.
ABUSO**La gente de la industria estaba feliz, pese al descontento de una comunidad harta de abusos y de que los tribunales desconocieran sus derechos a vivir en su pequeña casa y vecindario en paz, libres de la intrusión de las moles de concreto y acero. Hasta que un fallo de la Corte Suprema desempolvó la Ley 78 de 1941 que condiciona la altura de los edificios al ancho de la calle o sea a no más de 12 pisos. Y ardió Troya.
LEY**Ahora el Gobierno se apresta a derogar la Ley 78. Lo prudente es no apresurarse y aconsejarse con urbanistas que borren de la industria su rostro inhumano, haciendo esta vez una buena ley. Ricardo Carrillo, de la Asociación de Promotores, ha descrito la ley previa al fallo de la Corte como "disfuncional, que carece de toda sustentación técnica". Lo que debe estar claro es que el caos y abuso actual no debe continuar.


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154190
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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