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Demanda contra Equus por actuar sin reglamento


Alexis Aizprúa, Jorge Chandeck, Paulino Romero, Ermanno Serra Tosi y José E. Paredes presentaron una demanda contra Equus Entertainment de Panamá para que sea condenada por violar el Reglamento de Carreras y se proceda a la suspensión del simulcasting de eventos hípicos.
Los demandantes, presentaron a través de su apoderado especial, Pedro Pereira Arosemena, una demanda ante el Ministerio de Economía y Finanzas y fundamentan la misma en el hecho que la empresa concesionaria de la explotación y administración del único hipódromo panameño, suspendió una apuesta (el 5 y 6) el 25 de abril, después de haber corrido dos de las seis carreras correspondientes y pagó, en algunos casos, dividendos inferiores al costo de los formularios adquiridos por los apostadores.
Los querellantes reclaman la suspensión de las transmisiones y apuestas de simulcast, hasta que las mismas tengan un reglamento propio, ya que la reglamentación del 5 y 6 se basa en la actividad nacional que "son carreras que se desarrollan en el propio Hipódromo Presidente Remón, que no es lo mismo que las carreras de simulcast que se transmite por satélite de Estados Unidos.".
La demanda, que fue presentada el viernes de la semana pasada, se fundamenta además en que la empresa operadora del hipódromo, tras suspender las carreras arguyendo daños en la transmisión por satélite, dejó de transmitir las carreras números 3, 4,5 y 6 en circunstancias en que los Estados Unidos se continuó desarrollando las carreras.
"Consideramos que esta decisión es unilateral", opinaron. Igualmente, argumentan los demandantes que "Equus Entertaniment de Panamá S. A tomó en estas carreras de simulcast la decisión de pagar B/.1.10 (un balboa con 0.10 centésimos) por cada combinación ganadora del 5 y 6", dando lugar a que varios apostadores recibieran de vuelta una cantidad inferior al costo de su formulario.
En ese sentido, el formulario numerado 007003 y que se adjunta como prueba en la demanda, tuvo un costo de B/.192.00 y, siendo un boleto ganador fue pagado con la suma de B/.70.40, lo cual constituye una transgresión al artículo 340 del Reglamento de Carreras según el cual "todo boleto ganador recibirá siempre una suma de dinero superior al capital invertido en él; de producirse perdida por este motivo, éstas serán a riesgo del administrador/operador".
El texto de la demanda advierte que para este caso Equus se remitió a los artículos 78 y 79 del Reglamento de Apuestas que se refieran a la manera cómo debe procederse cuando las carreras resulten canceladas o no celebradas y añade que "este no es el caso porque las carreras del 5 y 6 del 25 de abril se continuaron celebrando en Estados Unidos y en Panamá fueron suspendidas".
Finalmente, los demandantes, mediante su apoderado especial, denuncian que al no existir un reglamento específico para las carreras de simulcast y al emplearse indistintamente el Reglamento de las competencias locales para regular las primeras, "la administradora/ operadora aplica el reglamento cuando se beneficia y no lo aplica cuando lo perjudica".


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39705
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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