Deportes

Estatuto excluyente


Anacrónico, injusto, excluyente. Estos y otros epítetos se les pueden atribuir al estatuto que rige al Comité Olímpico de Panamá (COP) desde 1970.

Esta reglamentación del ‘70 -que impide a personas del interior del país formar parte de la junta directiva del COP- debe ser reformada, pero no de la manera como en el 2002 pretendían hacerlo Melitón Sánchez y compañía.

El estatuto del ‘70, actualmente vigente en el ámbito nacional, priva, además, a las comisiones deportivas nacionales (como la de esgrima y triatlón, por ejemplo) del derecho de tomar parte activa en el Movimiento Olímpico.

 

Uno de los aspectos "cómicos" de la reforma "melitoniana", fue la introducción de los llamados "miembros permanentes", quienes tenían derecho a dos votos a la hora del proceso electoral en el COP.

En un lustro, nuestro estimado "Don Meli" se había tomado la molestia de nombrar a 11 "miembros permanentes", lo que equivalía a 22 votos; por supuesto, todos a su favor. De haber aceptado el Ministerio de Gobierno y Justicia ese tipo de cambios en el estatuto del COP, el señor Sánchez hubiese salido de esta entidad en el año 3000; gracias al cielo, esa reforma del 2002, fue rechazada.

El injusto reglamento del ‘70 encuentra hoy en Miguel Vanegas a su más ferviente defensor... Este señor sabe que sin las reglas del ‘70 acabaría perdiendo el control.

 

¿Cuál de los dirigentes que pugna por controlar el COP es el más apto para presidirlo?, me pregunta un lector.

Moralmente, ninguno. Aunque para mi amigo, "el Colegota", Melitón sigue siendo el "number one".


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370888
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
101 años Panamá América