Es inexplicable cómo el Reglamento de Competencia de la Liga Panameña de Fútbol (LPF), categorías Profesional y Reservas, Temporada 2015-2016, Torneo Apertura 2015, no contemple un punto que hable acerca de las sanciones que deberían cumplir los jugadores de nuestro balompié al momento de ser juzgados por indisciplina.
Y es que ayer se debía decidir el castigo que recibiría el mediocampista placino Manuel "Cholo" Torres, quien agredió a su técnico, el español Juan Carlos García, al finalizar el duelo de vuelta de las semifinales de este Apertura, cuando Plaza Amador quedó eliminado tras caer 2-0 ante el Árabe Unido la noche del viernes.
Buscando una respuesta a este hecho, 10 Deportivo quiso saber qué establece el Reglamento de Competencia de esta campaña sobre esta situación, pero no encontró un solo artículo que hablara del tema: sanciones disciplinarias.
Lo más cercano que se pudo ver en esta cuestión fue en el Capítulo VII: Disposiciones Generales, artículo 72, que sostiene que "los casos no previstos en el presente Reglamento de Competencia serán resueltos por el Comité Ejecutivo de la Fepafut (Federación Panameña de Fútbol)".
Ante este incidente, surge el siguiente cuestionamiento. ¿Cómo una liga profesional -la LPF- puede tener un Reglamento de Competencia que no aborde todos los escenarios posibles y tenga que intervenir otro ente para resolver sus asuntos?
Gian Castillero, presidente de LPF Group y del Plaza Amador, dijo el lunes a este medio que ayer -martes- las partes se reunirían para tomar una decisión en el caso de Manuel Torres.