Economía

Aprueban acuerdo para cobertura de riesgos de crédito

Entre las valoraciones que serán admitidas están la garantía hipotecaria inmueble y las prendarias


La Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP) estableció esta semana los parámetros y lineamientos para la valoración de garantías para la cobertura del riesgo de crédito, las cuales se aplicarán a los bancos oficiales, bancos de licencia general y bancos de licencia internacional.

De acuerdo con la SBP, las entidades bancarias deben tener presentes la necesidad de identificar, medir, monitorear y controlar el riesgo de crédito, así como determinar que tienen un capital adecuado contra esos riesgos.

La normativa establece cuáles son las garantías que serán aceptadas por la SBP como mitigante de riesgo, así como también sus respectivas valoraciones.

Entre las valoraciones que será admitidas se encuentran la garantía hipotecaria inmueble, garantía hipotecaria mueble, depósitos pignorados y garantía prendarías, entre otras.

Liquidez legal.
También se aprobó el Acuerdo No.4 de 24 de julio de 2008, a través del cual se dictan obligaciones a las entidades bancarias para establecer una eficiente gestión de riesgo liquidez, tanto para los bancos de licencia general y licencia internacional.

Este acuerdo reafirma el Artículo 73 de la ley bancaria, donde fija en un 30% el índice de liquidez legal mínimo que deberán mantener en todo momento estas entidades bancarias.

 

Además se establecen las obligaciones emitidas por gobiernos extranjeros negociadas activamente en mercados internacionales en divisas. Los gobiernos extranjeros deben cotizar periódicamente en un mercado público de referencia.


fecha edicion
old id
397762
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
101 años Panamá América