La Autoridad de los Servicios Públicos (Asep) y la Contraloría General de la República acordaron la fijación del modelo de fianza de oferta económica y la aprobación del modelo de fianza de cumplimiento para los participantes en el acto de concurrencia para la venta del bloque del 51% de las acciones de las empresas de distribución eléctrica.
De acuerdo a la Resolución 6162-Elec del 23 de mayo, el monto de la fianza de oferta económica que deberá presentar cada uno de los proponentes precalificados en el acto competitivo de concurrencia será de $30 millones, para garantizar las ofertas que se reciban por el paquete mayoritario de las acciones de la Empresa de Distribución Eléctrica Metro-Oeste, S.A.

Igual monto, de $30 millones, fue aprobado para el paquete mayoritario de las acciones de Elektra Noreste, S.A. y $10 millones para las acciones de la Empresa de Distribución Eléctrica Chiriquí, S.A.
En cuanto al modelo de fianza de cumplimiento que deberá consignar cada uno de los concesionarios de las empresas de distribución eléctrica, será de $20 millones para garantizar el contrato de concesión con la Empresa de Distribución Eléctrica Metro-Oeste S.A., $15 millones para garantizar el contrato de concesión de Elektra Noreste y $5 millones para el contrato de la Empresa de Distribución Eléctrica Chiriquí, S.A.
Requerimiento
“Inclusive los accionistas actuales que participen van a tener que presentar la fianza de oferta económica, porque aunque ellos no se van a hacer un pago, tienen la obligación de firmar el contrato de concesión. Entonces la fianza de oferta económica se va a usar en la etapa de recibir las ofertas por los paquetes de las acciones y aquí los accionistas son los que van a asumir esas fianzas”, sostuvo la directora encargada de Asesoría Legal de Asep, Noemí Tile de Pimentel.
Una vez se determine quién es el accionista mayoritario (el que presentó la mayor oferta económica), firmará el contrato de concesión con Asep, la empresa distribuidora y el socio operador, ya sea nuevo o si quedan los mismos, y esa fianza del contrato es pagada por la empresa distribuidora.
Cronograma
De acuerdo al último cronograma, para el 13 de junio próximo se realizará la recepción de documentos de precalificación y en julio se emitirá la resolución de precalificación, así como también el proceso de homologación del contrato de concesión.
De acuerdo al pliego de cargos, en el capítulo 2 se establece que la etapa de precalificación se inicia con la emisión del presente pliego de cargos y concluirá con la expedición por parte de Asep de la resolución anunciando los proponentes precalificados.
Participación
Durante esta etapa, las empresas interesadas en los paquetes mayoritarios de las empresas concesionarias deberán registrarse en la Asep y cancelar el cargo de participación para el acto competitivo de concurrencia.
Una vez las empresas interesadas cancelen el cargo de participación para el renglón respectivo podrán comenzar su proceso de diligencia, mediante el acceso a la sala de datos.
Según la Autoridad de los Servicios Públicos, hasta la fecha solo la Empresa de Energía del Pacífico S.A., de Colombia, ha pagado este cargo. La compañía demostró interés en dos renglones, por lo que pagó 10 mil dólares por cada uno.
“El pago por cargo de participación implica una obligación de confidencialidad de la información que ellos van a revisar”, sostuvo Pimentel.
Señaló la asesora legal que al pagar el cargo, la compañía suscribe el acuerdo de confidencialidad y eso le da acceso a hacer las diligencias respectivas, como revisión de documentos e información en la sala de datos física y virtual de la empresa concesionaria por la cual se canceló el cargo por participación.
Además, podrá visitar las instalaciones de la empresa concesionaria por la cual se canceló el cargo de participación, previa coordinación con la Asep, y realizar reuniones con personal clave de la empresa concesionaria.
Destacó la funcionaria que los propietarios de los paquetes mayoritarios no tienen la obligación de pagar el cargo de participación que corresponde al renglón de su paquete mayoritario respectivo.
Sin embargo, en el caso de querer optar por participar en la adquisición del paquete mayoritario de otra de las empresas concesionarias, deberán pagar el correspondiente cargo de participación para dicho renglón, según lo estipula el pliego de cargos.