La banca panameña se enfrenta a otro requisito para contrarestar el riesgo individual de sus préstamos y evitar el deterioro de esta cartera.
La Superintendencia de Bancos fijó nuevas provisiones “globales mínimas”, dentro de las que los bancos estarán obligados a mantener en todo momento una provisión no menor al 1%.
Según el acuerdo N° 4-2003, del 23 de abril, las “provisiones específicas” quedarán constituidas con relación a préstamos en los cuales se ha identificado específicamente un riesgo superior al normal.
Estas provisiones específicas se dividen en: individuales, por grupos de préstamos y genéricas.
Las provisiones individuales serán las asignadas a los préstamos, que por su naturaleza y su monto tienen un impacto en la solvencia y en otros indicadores financieros de la entidad.
En tanto, las provisiones por grupo de préstamo son las asignadas a grupos de préstamos de la misma naturaleza, área geográfica o con propósitos comunes o que han sido concedidos bajo un mismo programa de otorgamiento de préstamo, mientras que las genéricas se constituyen, de manera provisional, con relación a los préstamos de deudores clasificados en las diferentes categorías enunciadas en este Acuerdo.
De acuerdo con lo que establece el nuevo acuerdo, los Bancos deberán crear provisiones de carácter genérico en cuanto se tenga conocimiento del deterioro en el valor de un grupo de préstamos que tengan características comunes definidas.
Pero, esto solo se puede hacer, al momento de que el reconocimiento de la pérdida el Banco no pueda imputarla a ninguno de los préstamos individuales.
Entre los factores que pueden servir para el reconocimiento del deterioro en el valor de un grupo de préstamos con características comunes enumeran: las condiciones climáticas anormales en un área geográfica determinada; el desarrollo de una plaga; los cambios en condiciones y en acceso al mercado y las variaciones inesperadas de los costos de producción.
También, figuran en la lista, las innovaciones tecnológicas que afecte el mercado del deudor; plazas bancarias con regulaciones inadecuadas o bajas regulaciones o cualesquier otro hecho de carácter social, económico, político o de otra naturaleza, que incidan negativamente en el cobro de los préstamos.
"Los Bancos deberán constituir provisiones genéricas por grupos de préstamos de características comunes, cuando la Superintendencia de Bancos así lo requiera.", señala el documento.
Dentro de las provisiones, no se para el cálculo de provisiones los préstamos cuya cuantía esté totalmente garantizada por depósitos en efectivo colocados en el mismo banco, no aceptándose que los depósitos estén en subsidiarias, aunque fuesen de naturaleza financiera.
Al cierre del primer trimestre de 2003, la constitución de provisiones representa el 4.4% del total de la cartera de préstamos, lo que brinda una cobertura de 147.7% si se compara con el monto de la cartera vencida.
La cobertura se ha incrementado nuevamente en la banca privada extranjera a un nivel de 6.9% a marzo de 2003 por efecto del aumento del Banco Sudameris respecto a su exposición en la cartera en los mercados de América del Sur.
Por otro lado, la cobertura de provisiones de la banca privada panameña también se incrementa a 2.5% del total de la cartera si compara con el nivel de 2.1% en marzo de 2002.
Al primer trimestre de este año, la cartera de crédito local al sector privado alcanza un nivel de B/10,828 millones, lo que representa un ligero crecimiento de 0.4% si se compara con el nivel registrado en diciembre de 2002, ó (1.7%) con relación a similar período del año anterior.
La mejor tendencia del crédito al sector privado en los primeros tres meses del año se presenta en el financiamiento corporativo con un crecimiento de 3.6% con relación a diciembre de 2002.
Bancos deberán crear nuevas provisiones
Al cierre del primer trimestre de 2003, la constitución de provisiones representaba el 4.4% del total de la cartera de préstamos.