Según José Alfonso Gago, de Importadora y Exportadora Hermanos Gago, aunque se haya disminuido el impuesto alternativo al 1.4%, el resultado será un aumento de casi el 10% en los precios al consumidor. En el caso de un supermercado que compra productos nacionales, como alimentos, cajas de cartones, el impuesto se multiplicaría circularmente, llegando a su punto final con un efecto sumatorio del 10 al 14%. En ese caso, si un supermercado vende 5 millones de dólares anuales, tendría que pagar 70 mil dólares del impuesto mínimo.
¿Qué podría suceder si esos 5 millones de dólares representan un punto de equilibrio para la empresa?, se pregunta Gago.
Todo indica que por convertirse el impuesto en un gasto inesperado, el comerciante podría aumentar el precio de venta al público.
Todas las personas jurídicas, además de calcular su pago de impuesto sobre la renta a través del método establecido, deberán realizar un cálculo alterno consistente en aplicar una tasa de 1.4% sobre el renglón del "Total de ingresos gravables" de su declaración jurada de renta. (ARTÍCULO 16º del proyecto de ley No. 64 de el cual se implementa un programa de equidad fiscal.
"Esta situación no puede ni debe quedar así, ya que si se busca alcanzar un grado de equidad, no se debe desmejorar a los que tributaban correctamente", recalcó.
A su juicio, se debería adicionar un parágrafo transitorio que indique que "las personas naturales que declararon gastos de representación en el año 2004, podrán rebajar el monto declarado de su renta estimada para el año 2005", para tratar de minimizar el efecto de cualquier doble tributación que pudiera darse.
Grupos de profesionales han manifestado firmemente no estar de acuerdo con los cambios impositivos.
Se considera que en este proyecto de ley se busque una solución para que no se de una doble tributación.
Actualmente el documento es discutido en la Asamblea Legislativa. La sociedad civil ha mostrado su inquietud en cuanto al tema.