El Pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), declaró que "no son inconstitucionales" los artículos de la Ley 26 demandados por el Sindicato de Industriales de Panamá (SIP).
El SIP interpuso una acción de inconstitucionalidad contra parte del segundo párrafo del artículo primero, el segundo, tercero y cuarto párrafo del artículo 2 de la Ley 26 de junio del 2001 que establece la universalización de incentivos a la producción.
Los fundamentos fácticos mezclados con argumentos jurídicos que esbozó el demandante estaban centrados en que antes de ser aprobada la Ley 26 del 2001, el Proyecto de Ley 95 destinado a modificar artículos 23 y 25 de la Ley 28 fue objetado por el Organo Ejecutivo. Este veto, según el demandante SIP, obedeció de inexequibilidad e inconveniencia.
Esta ley sobre la universalización de incentivos la industria había creado una polémica entre el sector industrial y el agropecuario, sobre el concepto del pago de aranceles y la apertura de contingentes de productos sensitivos para el agro.
Por su parte, el expresidente del SIP, Juan Francisco Kiener y su actual presidente, Rafael Stanziola, dijeron que no harían comentarios sobre el particular.
Mientras que el presidente de la Unión Nacional de Productores Agropecuarios de Panamá (UNPAP), Benjamín Rosas reaccionó señalando que los productores iniciaron una lucha a partir de 1999, para exigir a las autoridades competentes el freno y una adecuada administración de las importaciones que se estaban autorizando en cuanto a la materia prima de carne de cerdo y el resto de los rubros sensitivos para el sector agropecuario nacional son el maíz, leche, poroto, pollo, cebolla, papa y arroz.
Rosas especificó que en aquella ocasión se empezó a denunciar que la industria nacional de cerdo estaba siendo beneficiada más allá de lo que permitía la ley, a través de exoneraciones no permitidas legalmente. Además agregó que existían volúmenes que iban más allá de las permitidas por las negociaciones de la Organización Mundial del Comercio (OMC).
Sin embargo, el también presidente de la Asociación Nacional de Porcinocultores (ANAPOR) adujo que ni en los años 1999 y 2000 se realizaron cambios a la política de importaciones de materia prima de cerdo y de los sietes restantes rubros sensitivos para la economía nacional.
Es entonces cuando se gestiona la confección de una ley en la Asamblea Legislativa, apoyada por todos los rubros sensitivos del país para que se dejara fuera de los análisis subjetivos la interpretación la interpretación de lo negociado con la OMC.
"Claramente existía una parcialización de parte de las autoridades competentes de autorizar más importaciones de carne de cerdo de lo que permitía la ley", subrayó.
Pero aclaró que posterior a la sanción de la Ley 26 en el 2001, las autoridades competentes han implementado hasta la fecha su aplicación ajustando los aranceles tal cual lo establece las leyes.