Economía

Corte suprema establece clasificación de ganado en pie


El pleno de la Corte Suprema de Justicia y la Procuraduría de la Administración, fallaron en contra de la Comisión Nacional de la Carne, y ésta deberá cumplir con lo que establece la ley 25 para que la Asociación Nacional de Mataderos de Panamá clasifique la carne bovina en pie.
Según Alma Cortés, representante legal de la Asociación Nacional de Mataderos de Panamá, la negativa del presidente de la comisión Nacional de la Carne, Hatuey Castro de no cumplir íntegramente con esta ley, al no permitir a los mataderos la clasificación del ganado en pie, ponía en peligro esta práctica comercial que genera divisas al país de 500 millones de dólares anuales.
La representante legal de la Asociación Nacional del Mataderos de Panamá, interpuso a principios del año pasado, una demanda de inconstitucionalidad contra varios artículos de la ley 25 de 1998, por el cual se establece la clasificación del ganado bovino en pie para el sacrificio, se clasifican carnes y cortes.
La represente legal de los mataderos sustentó que en esta ley se establecen dos tipos de clasificaciones de carne, ellas son en pie y canal.
Por práctica y efectividad de este tipo de comercio, todos los mataderos del país, clasifican su ganado en pie, mientras que otros tienen la opción de hacerlo en canal, señaló Cortés.
Entre los mataderos más importantes del ámbito nacional que presentaron su queja están: Productos Soneños, Carnes de Coclé, Macello, Servicarnes, Matadero de Veraguas, y otros pequeños mataderos dedicados a la actividad del sacrificio de ganado vacuno en Panamá.
222La Corte y la Procuraduría de la Administración, fallaron en contra de la Comisión Nacional de la Carne, y ésta deberá cumplir con lo que establece la ley 25 para que los mataderos clasifiquen la carne en pie.
Cortés detalló que en virtud de la negativa de la Comisión Nacional de la Carne, que preside Hatuey Castro, director general del Instituto de Mercadeo Agropecuario (IMA), y con una opinión fundamentada que en su momento detalló la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor (CLICAC), se manifestó que no era necesaria la reglamentación de esta ley, porque en la práctica y de acuerdo con el comportamiento del mercado, debería aplicarse la clasificación de la carne en canal.
La Comisión Nacional de la Carne debe cumplir con la ley como los establece la constitución, con el principio estricto de legalidad, de lo contrario, señaló Cortés se estaría incurriendo en una “omisión” por incumplimiento de sus funciones.
La Procuraduría de la Administración, dio trámite a una queja que la Asociación Nacional de Mataderos de Panamá, para que esta institución recomendara a la Comisión Nacional de la Carne que cumpla con lo que establece la ley 25, aseguró Cortés a El Panamá América.
En este sentido, la Procuradora de la Administración, Alma Montenegro, señaló en una nota en abril pasado que en atención al fallo de la Corte Suprema de Justicia, el presidente de la Comisión Nacional de la Carne debe promover las gestiones necesarias para la reglamentación de la ley 25, a fin de hacer efectiva su aplicación.
Al respecto, la representante legal de los mataderos, explicó que para poder aplicar la ley como está dispuesta, debe reglamentarse en sus dos tipos de clasificación.
“Aquí no es opcional la aplicación de la ley de acuerdo a la situación o los recursos con que cuente la Comisión Nacional de la Carne, ya que es un orden legal en que debe clasificarse la carne tanto en su pie y canal”, declaró Cortés.
Según la representante legal de la Asociación Nacional de Mataderos, la Comisión Nacional de la Carne no quería clasificar el ganado bovino en pie, sino la clasificación exclusiva en canal.
Esto según los propietarios de mataderos, afectaría a sus instalaciones porque sus infraestructuras y recursos humanos para llevar a cabo esta actividad comercial, están diseñados para la clasificación en pie, y no en canal.
Pensamos que con esta manifestación por parte de la Procuraduría de la Administración, tras es fallo en pleno de la Corte Suprema de Justicia, debe cumplirse la ley “íntegramente”.
Queda pendiente en este sentido, informó Cortés, una reunión con el ministro de Desarrollo Agropecuario (MIDA), Pedro Gordón, para sugerirle que en la reglamentación de la ley se incorpore la realidad de la práctica de esta actividad comercial en Panamá.
Con el objeto de asegurar una adecuada y uniforme distribución de moscas, las líneas de parrillas números pares se realizan primero, seguidas por líneas de número impares tres días después.
El avión vuela a unos 306 kilómetros por hora y cada vuelo tiene una duración promedio de 4.4 horas, donde son conducidos a un rango de altitud de 1,500 a 14,500 pies sobre el nivel del mar.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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