La Dirección de Aeronaútica Civil (DAC) negó ayer que el esquema vigente hasta hace poco fuese "ampliamente favorable a COPA" en un comunicado emitido por esta entidad. Según la DAC el fundamento de esa afirmación radica en el porcentaje de ocupación de puestos de esta empresa y ello sólo depende de la decisión del usuario del servicio y no en las oportunidades que a la empresa COPA brinda el acuerdo de 1997.
El acuerdo establece 56 vuelos semanales para las empresas colombianas, más otros derechos de tráfico y sólo 28 vuelos semanales para las panameñas. A fin de allanar las diferencias surgidas con motivo del congelamiento de las designaciones, pactado en 1997, la DAC aceptó la eliminación de ese concepto y lo reemplazó por el principio de múltiples designaciones.
A cambio la Autoridad de Aeronaútica de Colombia debía aprobar un acuerdo de colaboración entre empresas de ambos países, que permitiera a COPA la utilización de sus aeronaves en siete vuelos semanales adicionales, entre las ciudades de Bogotá y Panamá.
En virtud de ello "Panamá recibió la designación de 4 empresas y otorgó permisos provisionales, en espera de que se aprobara el acuerdo de colaboración suscrito entre Aerorepública de Colombia y COPA de Panamá, señala el comunicado.
Este acuerdo de colaboración recibió de la autoridad colombiana, una aprobación condicionada por disposiciones legales que, en la práctica impidieron el mismo. "Por nuestros países continuarían operando las frecuencias o vuelos que efectivamente han estado realizando, todas ellas amparadas por certificados o autorizaciones definitivas.