Después de 40 años los ganaderos de Darién podrán competir de "igual a igual" con el resto de la producción pecuaria del país.
Así el sueño de los darienitas podrá hacerse realidad gracias a las reformas a uno de los artículos de la Ley 6 del 30 de marzo de 1993, que permitirán que estos productores puedan trasladar bovinos, porcinos, ovinos, caprinos y otras especies provenientes de la provincia hacia cualquier punto del país.
De esta forma se facilitará el intercambio comercial y que por años la región permaneció aislada, por ser considerada de alto riesgo debido a la proliferación de enfermedades cuarentenarias como la fiebre aftosa y el gusano barrenador.
Los ganaderos podrán beneficiarse gracias a la reformas que dicta el proyecto de ley que se aprobó en días pasados en primer debate en la Asamblea Legislativa, sobre el establecimiento de la zona de inspección y control de la fiebre aftosa en la región fronteriza con la República de Colombia.
De acuerdo con el director de Salud Animal del Ministerio de Desarrollo Agropecuario, (MIDA), Enzo Rodríguez, este proyecto le hace "justicia social" a los darienitas, porque luego de 40 años podrán comercializar sus productos hacia todo el territorio nacional.
Así la producción de bovinos, porcinos, ovinos y caprinos podrán ser trasladados hacia otros puntos del país, siempre y cuando cumplan con las normas legales y fitosanitarias.
Actualmente la provincia de Darién se mantiene bajo control fitosanitario para evitar la propagación de la fiebre aftosa proveniente de los países suramericanos, donde se han dado algunos brotes de la enfermedad.
Por ello el proyecto advierte que la movilización destinada a sacrificio o subasta deberá hacerse mediante declaración de embarque y en vehículos debidamente autorizados por la Dirección Nacional de Salud Animal (DINASA).
Entre otros aspectos, también podrán ser beneficiados con los permisos de traslado, los animales de las fincas que se hayan incorporado previamente al programa de Registro y Trazabilidad desarrollado por el MIDA.
En cuanto a la recepción final de los animales, la norma establece que la misma estará bajo la responsabilidad de los médicos veterinarios del Ministerio de Salud, en el caso de ser destinados a sacrificios y el MIDA será el único responsable de romper los sellos y examinar los animales a su llegada al matadero o al lugar de destino.