PESE A que la Organización Internacional del Trabajo (OIT) establece claramente que la libertad sindical y de asociación es uno de los principios y derechos fundamentales de los trabajadores, algunos patronos se resisten a permitir que los trabajadores se agrupen dentro de la empresa.
Según el panorama laboral del organismo para el año 2004, América Latina concentra el mayor número de quejas a nivel mundial por violación a la libertad sindical.
De allí que en el continente se concentra a la fecha, el 56.4% de los casos desde 1990. De ellos, el 28.9% corresponde a Centroamérica.
No obstante, según las autoridades panameñas, el panorama local es diferente. Para Rodolfo Stanziola, director general de Trabajo, con el concepto de la "Nueva cultura laboral", las convenciones colectivas han aumentado.
Cabe destacar que para que se den los convenios colectivos dentro de las empresas, debe existir un sindicato de trabajadores.
Stanziola señaló que de septiembre del 2004 a junio de este año, se aprobaron 60 convenciones colectivas en las oficinas centrales del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL).
De éstas 40 se resolvieron por vía directa entre el empresario y los trabajadores, lo que demuestra los avances en materia laboral, indicó el funcionario.
En un convenio colectivo el trabajador busca que se respete su permanencia dentro de la empresa, y que se le otorgue otros beneficios como aumento de salarios, oportunidades de estudio y otros incentivos.
Estos aspectos son muchas veces olvidados por los patronos, quienes no ven en sus colaboradores la verdadera fuerza de trabajo de su empresa.
Colaboradores es el nuevo término que se utiliza para sustituir a empleados, pero lo ideal sería que se cambie también la visión de que estos servidores son sólo un grupo de trabajadores que reciben un salario, afirma Stanziola.
Lo cierto es que mientras más organizados estén los empleados, la empresa estará más fortalecida y tendrá una mayor productividad.
La figura del MITRADEL en este tipo de acuerdos es la de actuar como mediador, a fin de llegar a una conciliación entre las partes.
Lo ideal sería que todos los convenios se resolvieran dentro de la empresa, sin embargo, esto no deja de ser una utopía que cambiaría las relaciones laborales en Panamá.
Los convenios colectivos se pueden dar por la vía jurídica, que es cuando los trabajadores imponen un pliego de peticiones ante la Dirección General de Trabajo, porque consideran que se está violando el Código de Trabajo o el acuerdo pactado.
También se pueden resolver por la vía económica que es cuando los trabajadores interponen un proyecto para realizar la convención colectiva. En ella se negocian posibles aumentos de salarios, licencias para beneficios de los empleados, botiquines de primeros auxilios y otros incentivos.
Derecho a la sindicalización es vulnerado en Centroamérica
Cerca de 40,000 trabajadores en todo el país están amparados por acuerdos comunes con sus patronos.