Panamá
DGI actualiza deberes para los usuarios
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Toda persona natural o jurídica que facture electrónicamente, deberá realizar su registro en el Sistema de Factura Electrónica.
Las personas naturales o jurídicas tendrán un plazo de 15 días. Archivo
La Dirección General de Ingresos (DGI), del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), informa a los contribuyentes sobre la publicación en Gaceta Oficial, de la Resolución N°. 201-0251 del 12 de enero de 2022, "Que actualiza los deberes de los usuarios del Sistema de Facturación Electrónica de Panamá y los plazos para los usuarios no activos dentro del plan piloto".
El documento establece que, a partir del 01 de febrero del año en curso, toda persona natural o jurídica que facture electrónicamente, deberá realizar su registro en el Sistema de Factura Electrónica de Panamá (SFEP) de la DGI, a través del formulario de Declaración Jurada de Adopción de SFEP, el cual estará disponible en la plataforma e-Tax 2.0 a partir de la fecha. Una vez presentada la Declaración, el contribuyente recibirá un certificado de recepción como constancia de presentación de la misma.
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También, se detallan los parámetros con los que deberá cumplir todo contribuyente, que desee optar por facturar electrónicamente a través del Facturador Gratuito del Sistema de Factura Electrónica de Panamá, siempre y cuando tengan ingresos brutos anuales de hasta un millón de dólares y un volumen de facturación de hasta 200 mensuales.
Las personas naturales o jurídicas, que opten por el Facturador Gratuito, contarán con un plazo máximo de 15 días calendario, contados a partir la presentación de la Declaración Jurada de Adopción, para iniciar a facturar con este método.
Dicha resolución comenzará a regir a partir del 01 de febrero de 2022 y deroga la resolución 201-4502 del 27 de mayo de 2021 y la 201-11114 del 01 de diciembre de 2021, asociadas a los deberes de los usuarios del Sistema de Factura Electrónica de Panamá.
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