Economía

DGI implementa mecanismos para reducir la evasión fiscal

Los administradores de las tarjetas de crédito y débito que generalmente son bancos, retendrán entre el 2% y 1% dependiendo si el negocio al que hace el reembolso tiene ventas exentas del impuesto por un 40% o más.


 

Al entrar en vigencia los nuevos Mecanismos de Retención del impuesto del ITBMS, la Dirección General de Ingresos (DGI) indicó que tiene como propósito el tener mayores huellas  de quienes tienen operaciones gravadas con el impuesto y que no lo están reportando al fisco.

 

 
“Cuando se retiene el 50% del ITBMS por parte de las grandes empresas, el proveedor de las mismas tendrá que enviar el 50% restante al fisco”, explicó Javier Said, del departamento de Asuntos Jurídicos de la DGI.

 

Explicó que son básicamente dos temas nuevos  los que empiezan a regir, uno que tiene que ver con 164 agentes  de retención y sus  proveedores de bienes y servicios.

 
 

En cuanto a este mecanismo indicó que las empresas que compran 10 millones de dólares  o más durante el año, tendrán que hacer una retención del  50% del ITBMS, lo que obliga a sus proveedores a tener que cumplir con el pago del 50% restante al fisco.

 

 
Como ejemplo citó que  al proveer de mercancía  una farmacia y la factura es de $100 más $7.00 de ITBMS, el establecimiento cuando le pague a su proveedor le pagará los $100 de factura más $3.50 del ITBMS, es decir le retiene el 50% del ITBMS  y la otra mitad  queda por cuenta del proveedor. [VEA TAMBIÉN:  DGI lanza líneas de atención para la ampliación de los agentes de retención del ITBMS]

 

El otro mecanismo tiene que ver entre los administradores de tarjetas de crédito y débito y  los comercios afiliados.

 
 

En este caso, los administradores de las tarjetas de crédito y débito que generalmente son bancos, retendrán entre el 2% y 1% dependiendo si el negocio  al que hace el reembolso  tiene  ventas exentas del impuesto  por un 40% o más.

 

Sin embargo, explicó que esta es una medida transitoria hasta tanto los administradores de tarjetas de crédito y débito estén en capacidad técnica de discriminar el ITBMS, para lo cual tienen un periodo de un año.

 

"En el momento que los administradores de tarjetas de crédito tengan el programa de computo para discriminar el ITBMS entonces la retención no será de 2% ó 1% sino de 50% del ITBMS", señaló.

 

Explicó que este mecanismo es importante, ya que hay comercios que  tienen ventas gravadas con el impuesto y  exentas, por lo que se tienen que hacer la diferencia.

 

Señaló que en el caso de los supermercados por ejemplo, la retención en la mayoría de los casos será de 1% porque tienen ventas exentas superiores al 40%.

 

En el caso de los comercios que tengan un 100% de ventas exentas, tendrán que adquirir un certificado  de "Exento del ITBMS"  y presentarlo  al administrador de tarjeta de crédito y débito  para que no realice la retención del 1% ó 2%.


fecha edicion
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1012016
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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