Dos Pinos no permite a sus socios vender el excedente de leche a otros, lo que limita la competencia. Esto se convierte en una práctica monopolística relativa, concluyó la Comisión para la Promoción de la Competencia (CPC), adscrita al Ministerio de Economía. Sin embargo, su actuación está amparada a la Ley general de cooperativas, según la investigación que de oficio hizo la CPC.
El expediente fue archivado, pues la Ley de promoción de la competencia y de defensa efectiva del consumidor, en la que se tipifican los monopolios, no derogó a la Ley general de cooperativas. Por tanto, no es posible imponer sanciones a Dos Pinos, explicó la CPC en la resolución.
Esta comisión investigó a Dos Pinos por la supuesta práctica de restricción y limitación de la oferta de leche fluida y sus derivados a sus proveedores y asociados.
Tales actuaciones de Dos Pinos se concretan, según la CPC, con la imposición de sanciones a los asociados que vendan su leche a otros compradores. Eso limita -dice la resolución- el ingreso de otros agentes económicos en el mercado de la leche nacional.