Economía

El pago de la Estimada es hasta el 1 de octubre

Así lo dio a conocer la Dirección General de Ingreso con base en la Ley 52 de 28 de agosto de 2012, que agregó que a partir del 2 de octubre el saldo adeudado genera interés.


El pago del Adelanto Mensual del Impuesto Sobre la Renta (AMIR) o la Estimada como se le llama comúnmente será hasta el 1 de octubre.

Así lo dio a conocer la Dirección General de Ingresos con base en La ley 52 de 28 de agosto de 2012, que agregó que a partir del 2 de octubre el saldo adeudado genera interés.

El director de Ingresos, Luis Cucalón, señaló que según la disposición el vencimiento de la primera y segunda partida Estimada es el 30 de septiembre, que corresponde a junio y septiembre de 2012.

 
Los pagos del AMIR realizados  por los contribuyentes de enero a julio se restan y el remanente o saldo que genera, es  lo que deberá pagar el 30 de septiembre (por ser domingo se habilita el 1 de octubre),  en cualquiera de los bancos de la red: Credicorp, Banco General, Banco Nacional o la Caja de Ahorros.

Las partidas de renta Estimada se cancelan el 30 de junio, 30 de septiembre y 31 diciembre. 


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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