El "corre corre" que caracteriza al mes de diciembre, con las compras navideñas y las fiestas de fin de año, también se ve salpicado por un vencimiento para el pago de impuestos.
El próximo 15 de diciembre termina el plazo para pagar el Impuesto de Transferencias, Bienes y Servicios (ITBS) y el Impuesto Selectivos al Consumo (ISC).
Igualmente, en esa misma fecha los contribuyentes tienen que presentan los informes de pagos a terceros. En tanto la Tasa Única, Tercera Partida Estimada del Impuesto sobre la Renta para personas naturales y jurídicas; la Tercera Partida del Impuesto Complementario y la Tercera Partida del Seguro Educativo, y el tercer cuatrimestre del Impuesto de Inmueble, deben cancelarse a más tardar el 31 de diciembre del año en curso.
De igual manera, la ley de moratoria permite a los contribuyentes ponerse al día en el pago de sus tributos y morosidades vencidas hasta el 31 de octubre, sin recargos, intereses o multas, siempre que las cancelen antes del 31 de diciembre del presente año.
Con la ley de moratoria el estado pretende recaudar un total de 15 millones de dólares en ingresos. Pueden acogerse a la moratoria las personas omisas, las que se encuentren en estado de morosidad, inclusive los que hayan acordado arreglos de pago; los contribuyentes, agentes retenedores y demás personas responsables de tributos.
Igualmente, entran en este renglón, las personas que son o han sido objeto de audito y se encuentren litigando liquidaciones adicionales o gravámenes de oficio.
Fijan plazos para pagar impuestos
Pueden acogerse a la moratoria las personas omisas, las que se encuentren en estado de morosidad, inclusive los que hayan acordado arreglos de pago.