Hoy finaliza el segundo período de veda del camarón en el Pacífico y Atlántico panameño.
Este periodo iba del 1 de septiembre hasta el 11 de octubre de cada año, de acuerdo con el Decreto Ejecutivo No. 158 de 31 diciembre de 2003, que regula en el país la pesca de este crustáceo.
Durante este tiempo se les prohíbe a todas las embarcaciones que al momento de realizar sus faenas utilicen redes menores de tres pulgadas.
La Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá (ARAP) realiza operativos de fiscalización por tierra y mar, así como inspecciones oculares a todos los establecimientos que comercializan este producto, a fin de garantizar la sostenibilidad de este recurso.
Las sanciones oscilan entre 100 dólares por cada tonelada de registro bruto en el caso de las embarcaciones mayores de 5 toneladas, mientras que para las embarcaciones menores se calcula por el valor que del producto tiene en el mercado.