El financiamiento del sector público puede entrañar riesgos básicamente por dos razones. La primera se relaciona con el vínculo entre deuda soberana y probabilidad de crisis —financiera y de deuda. La segunda, con las restricciones que la deuda soberana impone sobre la conducción habitual de las políticas fiscal y monetaria.
Entre los factores que determinan el riesgo país, la estructura de la deuda podría ser más importante que su nivel.
Lo mismo puede decirse de los riesgos del endeudamiento soberano: la calidad de la deuda es más importante que su cantidad. En este contexto, por calidad de deuda se entiende el grado de riesgo asociado con un volumen dado de deuda, que depende fundamentalmente de dos dimensiones: denominación y vencimiento.
Esto se basa en la premisa de que la composición de la deuda por monedas y por vencimiento determina en gran parte la carga de la deuda en relación con la capacidad de reembolso del país a cada momento. La denominación y el vencimiento determinan, en particular, la probabilidad de un incumplimiento de pagos y, en consecuencia, los costos de endeudamiento que enfrentará el soberano y la sensibilidad de dichos costos a factores internos y externos, así como a corridas autocumplidas.
Por consiguiente, todo análisis que busque asesorar en materia de diagnóstico y política sobre cómo limitar el riesgo del financiamiento público deberá centrarse en políticas que tengan como objetivo mejorar la estructura de la deuda.