Los impuestos aprobados por el Congreso de Guatemala a la distribución de 12 productos derivados del petróleo, incluida la gasolina y el diesel, entraron en vigencia ayer mientras el Ministerio de Energía realizará monitoreos para evitar un alza inmoderada.
La medida cobra vigencia luego de que el viernes pasado en el diario oficial fuera publicado el paquete arancelario, precisó el ministro de Energía y Minas, Raúl Archila.
La medida impositiva servirá para cubrir el espacio vacío que dejó en diciembre pasado la decisión de la Corte de Constitucionalidad (CC) cuando suspendió un impuesto a la distribución de combustibles, explicó.
La medida no debe provocar alzas en la energía eléctrica, productos básicos y transporte, pues no se gravó el búnker, el diesel para la generación eléctrica ni los combustibles utilizados para el transporte de alimentos, dijo.
El Congreso guatemalteco aprobó el 6 de febrero un impuesto a los derivados del petróleo con montos de entre 0.06 y 0.60 centavos de dólar el galón (3.8 litros).
Con la nueva medida el gobierno central podrá recaudar 249 millones de dólares adicionales, 5.6 millones menos que los que se hubieran cobrado con los tributos derogados por la CC, aseguró Archila. Para evitar abusos con los consumidores, su cartera y el Ministerio de Economía realizarán un monitoreo para sancionar a los especuladores, comentó.
El ministro comentó que esa cartera sancionará a los especuladores a través de las leyes de hidrocarburos, que contemplan sanciones económicas o el cierre de gasolinerías, mientras el otro ministerio lo hará por medio de la Diaco. Según el acuerdo legislativo, el impuesto a la distribución al galón de gasolina superior (sin plomo) y de aviación es de 0.60 centavos de dólar, la regular 0.58 centavos, el diesel y el gas oil 0.16. Para los otros derivados del petróleo -kerosina, nafta, butano, metano y asfaltos- es de 0.06 centavos de dólar.