El Instituto Panameño de Turismo (IPAT) aclaró su posición frente a las denuncias suscitadas, luego que se declarara desierto el acto de licitación para la campaña publicitaria de Panamá en el ámbito internacional.
La gerente general del IPAT, Liriola Pittí en carta enviada a El Panamá América explicó que de acuerdo con la Ley 56 de 1995, las comisiones evaluadoras son soberanas en el ejercicio de su cargo, por lo que su función de ponderar las propuestas para presentar un informe es de carácter exclusivo.
"No es procedente que la gerente de esta entidad se inmiscuya en el proceso de evaluación que realiza la comisión evaluadora. Luego de entregado el informe, la institución responsable lo analizó y revisó a la luz de los criterios de evaluación del Pliego de Cargos", sostuvo Pittí.
Afirmó que la comisión evaluadora designada no sólo cuenta con experiencia en este topo de actividad, sino que se trata de personas honorables y que cuentan con conocimientos en mercadeo y publicidad.
Además la gerente corrigió que la Resolución 54/2003 de 10 de octubre del presente año exprese que las propuestas presentadas en el acto de licitación pública fueran dolosas, ya que el IPAT no tiene razón para acusar a los participantes de ninguna actuación de esta índole.
Por otro lado, recalca que las fianzas de cumplimiento persiguen garantizar que las obligaciones contrarias, luego de refrendado un contrato producto de una licitación pública, permitan que el Estado cuente con una garantía financiera en caso que el contratista no cumpla con sus obligaciones.
Razón por lo que no se exime al Estado de requerir a los participantes en un acto de licitación las acreditaciones financieras necesarias que avalen su capacidad de ejecutar el objeto del contrato.
Adicionalmente recalcó que el objeto de una licitación pública es el bien o servicio que se quiere contratar y no la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato.
Una vez analizadas las propuestas presentadas, la gerencia del IPAT determinó para bien del proceso de licitación que los resultados del primer llamado no sustentaban una acción de adjudicación, por lo que recomendó a la Junta Directiva declarar desierto el acto de licitación, señaló Pittí.