Hay que partir del hecho que a nadie le gusta pagar más impuestos y precisamente cuando se sienten que los mismos son malgastados. También tenemos que aceptar que nuestro sistema tributario requiere de ordenamiento y mejoría. Tomando en consideración estos puntos y otros más, me atrevo a sugerir una reforma tributaria que lograría inicialmente los siguientes objetivos:
Entendamos por esto la realización de cambios racionales sustituyendo los llamados "incentivos" por subsidios directos de cada institución del Estado que desee fomentar algo específico. La ventaja del concepto "subsidio" es que se puede controlar mejor para el fin específico que se desea fomentar y se otorga mediante cheques. En otras palabras, el subsidio forma parte del presupuesto de gastos de la institución específica o sea que dicha institución tiene "dolor de costo"; el "incentivo" actual, que no forma parte del presupuesto de cada institución, se reflejan reduciendo las recaudaciones totales del Gobierno Central. Como ejemplo, si el MIDA quiere incentivar algún proyecto que beneficie o promueva algo relacionado con la agricultura, que lo incluya en su presupuesto ministerial y no en el Código Fiscal. Si el MICI quiere incentivar la industria, que incluya el subsidio en su presupuesto y no en el Código Fiscal. Los subsidios deberán ser incluidos en los presupuestos de quien los otorgue y no enterrarse en el Código Fiscal creando las distorsiones que actualmente tenemos. Esto es modernización.
La reducción del impuesto sobre la renta de la tasa actual del 30% a un 15% fomentaría la creación de empleos y se recaudará más. Esta podría hacerse en forma gradual, reduciéndola en un 21/2% por año a partir del 2004, hasta llegar a 15% en el 2009. También habría que incluir en la reforma que todas las empresas que tengan contratos con la nación o de alguna otra forma se encuentren exonerados del impuesto sobre la renta, que a partir del 2008 pagarán impuesto sobre la renta igual que todas. Saltarán con argumentos de la seguridad jurídica, pero de hecho la violamos todos los días, así que hagámoslo de una sola vez, pero dando seis años de preaviso a los beneficiados. Entendamos que el tema del impuesto sobre la renta, a nivel de las empresas inversionistas americanas, europeas y de unos cuantos países asiáticos deja de ser relevante, ya que ellos tributan en forma consolidada o sea que el impuesto sobre la renta que no pagan en Panamá, lo pagan en su país de origen. El impuesto sobre dividendos se mantiene igual. Esto es ordenamiento tributario.
Todas las empresas establecidas en las distintas zonas libres del territorio nacional deberían pagar el impuesto sobre la renta sobre las utilidades que tengan, excluyendo únicamente las que se perfeccionen o tengan su efecto fuera de Panamá. Un ejemplo de transacciones excluidas serían las ventas cuya mercancía no toca Panamá. Las empresas en las zonas libres pagarían el 21/2% sobre sus utilidades en concepto de impuesto sobre la renta a partir del 2004 y este aumentaría en 21/2% anualmente hasta llegar al 2009 a una tarifa única del 15%. Esta fórmula compensaría parcialmente las reducciones mencionadas en el punto anterior. Esto es reordenamiento.
La tasa máxima efectiva del 30% sobre las personas naturales también debería ser disminuida gradualmente hasta llegar al 15%, así como las tasas menores ajustadas anualmente hasta igualar el 15%, en otras palabras existiría una sola tasa de impuestos para las personas naturales al 15%. Para mitigar el efecto, en los estratos de menores ingresos, estableceríamos montos de "deducciones básicas" relacionados con los niveles de ingresos de las personas naturales, sin discriminar si son asalariados, microempresarios o independientes. Tendríamos que fijar la deducción básica en B/. 5,000 para los contribuyentes cuyo ingreso bruto sea menor de B/. 10,000 al año a partir del 2004, y aumentarlos ambos paulatinamente a razón de B/. 1,000 anuales de tal forma que en el 2009 terminemos con una deducción básica de B/. 10,000 para las personas naturales que tengan renta neta menos de B/. 15,000. Para los que excedan los montos de los ingresos brutos establecidos, podemos mantener la deducción básica constante en B/. 5,000. Este planteamiento, que requiere de refinamiento para evaluar la presión tributaria, logra el objetivo de que las personas de menores ingresos no paguen impuestos pero mantienen su categoría de ciudadanos de primera clase. Esto es justicia tributaria.
Se debe legislar para que los bancos, empresas financieras y demás que reciben depósitos a término, asignen debidamente los costos de los fondos y la pro-rata de gastos administrativos en la generación de estos ingresos. Actualmente existe un impuesto de 0.10 por cada cheque que gire el tenedor de una cuenta corriente que es retenido por el banco y remesado al Tesoro Nacional. Los retiros realizados en forma electrónica, ya sea mediante los cajeros automáticos u otras formas no se encuentran gravados por lo que sugiero que ese tributo de 0.10 se haga extensivo a todas las transacciones bancarias que generan "débito a cuentas" ya sean corrientes o de ahorros, lo que generaría un ingreso anual mínimo de B/. 4,000.000 que serviría para eliminar unos 20 otros impuestos cuya recaudación es mínima, o los costos de recaudación sobrepasar los ingresos. Esto es simplificación.
Se requiere garantizar una administración tributaria profesional, apolítica, que genere la confianza de los contribuyentes, a la vez que refleja la sensación de que se sienten fiscalizados. Existe la tesis de que se debe separar la actividad de recaudación de la de fiscalización de los tributos que muy bien pudiese ser implementada. Esto implicaría que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de una dependencia sería el responsable de todo el proceso de recaudación de impuestos, mientras que una nueva entidad totalmente independiente y autónoma, que pudiéramos denominar "Dirección de Fiscalización de Impuestos" sería la responsable de fiscalizar el cumplimiento de las leyes tributarias. Esta estructura beneficiaría a los contribuyentes ya que la entidad fiscalizadora no tendría la presión de metas de recaudación sino únicamente de velar por el cumplimiento de las leyes. Claro está que la posición de la Dirección y demás cargos de jerarquía superior, deberá tener establecidos las calificaciones técnicas, idoneidad, niveles de experiencia y períodos de nombramiento establecidos que estén sobre los aspectos políticos, más aún, considero que sería recomendable que para el desempeño de estos puestos, los candidatos nunca debieran haber estado inscritos en partidos políticos, certificado por el Tribunal Electoral. Esto es transparencia.
Esta media docena de puntos serían básicos en una reforma tributaria y harían felices tanto a las instituciones financieras internacionales y como a las calificadoras de riesgo. Seguro que podemos complicar más el panorama tratando de implementar más cambios, pero la gradualidad es fundamental en lo que hagamos. El proceso de reordenamiento y modernización del sistema tributario es continuo. Digamos que NO al documento que pretenden aprobar y respaldemos una reforma tributaria nacional y generadora de empleos.