Mientras que las jurídicas tienen hasta el 31 de marzo para hacer su declaración.
La directora general de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas, Gisela Álvarez de Porras, reiteró que no son salarios en especie los aportes a fondos de pensiones, los viáticos, entrenamiento.
También, uniformes de trabajo, viviendas en lugares apartados, alimentación o cualquier otro beneficio que sea distribuido a la colectividad de los colaboradores de la empresa.
De igual forma, expresó que aquellos beneficios que sean discrecionales y por posición jerárquica dentro de cualquier empresa, son salarios en especie, pues los mismos no inciden en la generación o conservación de la renta.
La declaración jurada para los honorarios profesionales se debe realizar por el monto que no tuvo retención en la fuente, ya que muchas empresas han estado reteniendo sobre el 100%, otros por el 10% y algunas no han iniciado la retención.
La declaración para los gastos de representación deberá hacerse por la diferencia del 10% que tuvo retención en la fuente, mientras para las dietas se declara el 100%.