Con un atraso de nueve meses, el Gobierno reglamentó el sector de hidrocarburos, fijando nuevos términos para los inventarios, la medición de los precios del combustible y las fianzas y seguros que deben tener las empresas que participen en el mercado. La norma pretende garantizar la calidad de los productos que entran al país, además de tener reglas claras y atractivas para las empresas que podrían instalarse en Panamá.
Algunos agentes que participan en la comercialización de los productos, consideran que la regla era necesaria y luego de un período de consultas, se hicieron cambios que algunos sectores consideraron de " estilo y edición". Desde diciembre del año pasado, Refinería Panamá en coordinación con el Estado, decidió dejar sin efecto el contrato Ley No35 celebrado entre ambas partes en 1992.
Esto implicó que la compañía abandonara el refinamiento de combustible, para transformarse en centro de acopio y así liberar el mercado. Como resultado de este proceso, el Consejo de Gabinete aprobó el miércoles la Política Nacional de Hidrocarburos.
Establecida entonces la Política de Hidrocarburos, los agentes del mercado nacional esperan una mayor regulación en las actividades relacionadas con la industria y comercialización de los productos derivados del petróleo.
A falta de una reglamentación concreta los agentes del mercado e incluso algunos consumidores, habían denunciado problemas en la calidad de la gasolina y la proliferación de productos no aprobados. La esperada reglamentación, sienta las bases, normas y requisitos para todos los participantes en los diferentes sectores de la cadena de comercialización.
El Decreto de Gabinete N0. 038-03 del 17 de septiembre de 2003 adquiere mayor importancia porque aunque se dio la apertura del mercado panameño en enero de este año, no existía una reglamentación concreta. Ahora, todos los agentes competirán bajo los mismos términos, podrán retomar el tema de las inversiones locales con mayor garantía y realizar proyecciones a largo plazo.
El gerente de Asuntos Gubernamentales de la empresa Chevron Texaco, Rafael Jaén, precisó que la reglamentación era necesaria para garantizar un suministro constante y de calidad. A su juicio, la facultad que tiene el MICI para inspeccionar la calidad de los productos, evitará en gran medida, el contrabando de combustible y la participación de compañías "brujas" que no cuentan con una plataforma operativa para garantizar una venta ininterrumpida.
Hay lugares como Guatemala y Brasil, en donde se dio una total liberalización del mercado, pero ahora llevan años tratando de recuperarse del contrabando y la adulteración de precios. Por otro lado, Gabriel Samudio, sub-gerente de Petrolera Nacional S.A., manifestó que en el fondo, este reglamento pide calidad en los productos desde se introducen al país, hasta que se venden en una estación de servicio.
Adicionalmente, consideró que con la liberalización del sector se busca que nuevas compañías inviertan y existan nuevos proveedores de los derivados del combustible. Ahora, la Dirección de Hidrocarburos tiene una mayor responsabilidad en la vigilancia de los productos que ingresan al país, dijo el ejecutivo.
Aseguró que esto va a formalizar la apertura del sector que en principio inició con irregularidades. Ahora todo está en que las compañías petroleras, los minoristas y las bombas particulares de las industrias, ejecuten a corto plazo acciones que permitan cumplir el reglamento.
Al crearse una política de hidrocarburos se dictan las normas para que otras empresas a nivel internacional inviertan en esas zonas libres o con miras al mercado local. Samudio explicó que se están sentando las bases para nuevas inversiones.
"El plan de inversión de Petrolera Nacional tiene ahora un respiro y está dispuesto a seguir captando el mercado mediante nuevas inversiones y nuevos empleos" sostuvo el sub-gerente. En consecuencia, el beneficio para la economía es múltiple por las inversiones que se puedan captar y las nuevas plazas de empleo.
En materia de los precios al consumidor se espera una mayor competencia. Sin embargo, Samudio aclaró que no necesariamente la mayor competencia es sinónimo de mejores precios, sino mejores servicios y valores con el ofrecimiento de nuevos productos. Además las estaciones estratégicamente ubicadas permitirán al consumidor seleccionar la que más le convenga a su bolsillo.
En síntesis, bajo esta reglamentación, si el consumidor considera que no está recibiendo calidad en el producto, la Dirección de Hidrocarburos del Ministerio de Comercio e Industrias (MICI) tendrá medios para poder validar su denuncia y sancionar al elemento de la cadena que cometa la falta.
Aunque el documento no se ha publicado de manera formal, trascendió que todo importador o distribuidor de productos derivados de petróleo para la venta en el mercado doméstico, deberá mantener un inventario de diez días.
Además, no se podrán comercializar los productos derivados de petróleo, sin haber presentado ante el MICI, los resultados de los análisis de laboratorio, para verificar que cumplan con todas las características de calidad. En este sentido, el MICI podrá realizar inspecciones para efectos de control de calidad, sin previo aviso.
Por otro lado, los daños ocurridos a instalaciones, vías y medios de transporte causados por contaminación serán responsabilidad según corresponda, de quienes hayan manejado inapropiadamente los productos objeto del desastre.
Los usuarios, poseedores de instalaciones propias o arrendadas, tendrán que presentar cada tres años un programa de mantenimiento de sus instalaciones. El MICI podrá solicitar información a todos los contratistas, poseedores de permisos y registros que intervienen en la cadena de suministro y comercialización con el fin de llevar los controles de calidad y estadísticas necesarias.
Quienes participan en el mercado de hidrocarburos deberán informar por escrito al MICI, cualquier paro temporal o reducciones programadas en sus operaciones, el cierre definitivo de las instalaciones y las interrupciones o cierre total o parcial de sus instalaciones.