Las nuevas obras destinadas a ofrecer el servicio de hospedaje turístico en el distrito de Panamá, y que sean propietarias o administren nuevas construcciones de establecimientos de hospedaje público turístico y que realicen una inversión mínima de veinte millones de dólares, excluyendo el valor del terreno, gozarán de los siguientes incentivos:Exoneración total, por el término de cinco (5) años, del impuesto de importación que recaiga sobre la introducción de materiales de construcción y diez (10) años para enseres, muebles y equipos, que se utilicen de manera exclusiva y equipamiento de los establecimientos de alojamiento público turístico.
Cuando la norma fue propuesta, el término para gozar de los incentivos era de 20 años, lo que fue sometido a revisión.