Por un período de 20 años, la empresa Musicar Panamá podrá prestar comercialmente el servicio de transmisión permanentes u ocasionales de radio o televisión vía satélite, de acuerdo con la resolución CT-1722 emitida el 10 de Agosto por el Ente Regulador de los Servicios Públicos (ERSP).
Hasta la fecha la institución ha otorgado un aproximado de 8 concesiones para brindar el servicio de televisión y radio vía satélite en el país.
De acuerdo con la institución luego de revisados los documentos aportados con la solicitud, se determinó que la empresa si cumple con los requisitos legales para ser concesionaria del servicio de transmisiones permanentes u ocasionales de radio o televisión vía satélite (No. 221).
En la resolución, se indica que la empresa se compromete bajo su propia cuenta y riesgo, a explotar el servicio para la cual fue autorizada.
La concesionaria deberá iniciar operaciones comerciales dentro de los veinticuatro meses siguientes a la fecha en que quede ejecutoriada la presente resolución. O de lo contrario, la institución podrá revocar el permiso otorgado.
No obstante, el ERSP de acuerdo con las normas que regulan el sector de telecomunicaciones podrá prorrogar el plazo por un periodo hasta de doce meses, previa solicitud justificada por la empresa, la cual deberá ser presentada con un mínimo de sesenta días de anticipación a la fecha de expiración del plazo. Una vez inicie operaciones, la compañía dentro de los tres meses siguientes al vencimiento de su año fiscal, deberá presentar la información técnica, comercial y estadística al ERSP.