Tan pronto se logre la firma del tratado para evitar la doble tributación con Irlanda, programada para junio próximo, Panamá podría salir de la lista discriminatoria de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).
Con esta firma se completaría la meta de doce acuerdos tributarios firmados, propuesta por el organismo para que Panamá no sea considerado como un paraíso fiscal o Estado que se caracteriza por aplicar un régimen tributario favorable a ciudadanos y empresas no residentes.
Esto se pone de manifiesto con una exención total o una reducción muy significativa en el pago de los principales impuestos lo que trae como consecuencia que el país sea visto como poco transparente, lo que ahuyenta la inversión y lo hace menos competitivo.
El viceministro de Economía, Frank De Lima, manifestó que el compromiso tácito de la OCDE es que tan pronto Panamá firme el duodécimo tratado saldrá de la lista gris. “Este compromiso fue confirmado por miembros del organismo en mi visita la semana pasada a París”.
"Ya Irlanda nos confirmó la firma para junio y también estamos reactivando la posible firma del acuerdo con Francia", agregó.
Para que el acuerdo entre en vigencia después de la firma, debe ser ratificado por ambos países. Panamá ha ratificado todos los tratados, exceptuando el de Italia y vigentes hasta el momento está el de México y Estados Unidos.
Posterior a la implementación de los acuerdos viene el tema de los precios de transferencia, cuya norma fue estipulada en la Ley 33 de 2010.
Resaltó que el concepto de precio de transferencia es utilizado para poder evaluar cuando son empresas relacionadas al costo real de los bienes, porque a veces hay un rejuego contable que usan para bajar el pago de impuesto sobre la renta.
“Esta norma de precios de transferencia establece las reglas claras de cómo se valorizan estos bienes dentro de lo que sería la estructura de costo del contribuyente que quiere aplicar el convenio”, apuntó De Lima.
Detalló que en el caso de los acuerdos ratificados y vigentes por ambos países, sólo entra el concepto de precio de transferencia en el de México porque el de Estados Unidos es de intercambio de información.
Por su parte, el abogado de la firma RBC, Javier Said Acuña, indicó que los precios de transferencia por ahora en Panamá se van a aplicar a los países que han suscrito convenios y a las empresas nacionales de esos países que se acojan a estos tratados para llevar a cabo su tributación.
Informó que la ley contempla que esta normativa entrará en vigencia a partir de un año, luego de la ratificación de los tratados.