Cuando la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor (CLICAC) se creó en 1996, su objetivo principal fue proteger y asegurar el proceso de libre competencia económica erradicando las prácticas monopolísticas y otras restricciones en los mercados de bienes y servicios para preservar el interés superior del consumidor.
Pero si bien es cierto que la CLICAC ha hecho todo lo posible para cumplir con este propósito se ha tenido que limitar a pequeños agentes económicos, ya que al momento de enfrentar a consorcios de gran poder monetario a la entidad no le ha ido nada bien.
El primer y gran caso de la CLICAC, que la puso frente a frente con cuatro de las compañías más poderosas del país se presentó el 22 de diciembre de 1997, cuando se acusó a un grupo de harineras de cometer supuestas prácticas monopolísticas.
En esta diligencia después de una investigación, la institución realizó serias acusaciones contra las empresas, Gold Mills, Oro del Norte, Harinas Panamá y Harinas del Istmo, quienes supuestamente mantenían un contubernio para acordar el precio de la harina.
Sin embargo, después de dos años, por diversos recursos interpuestos por los abogados de las compañías, hasta el día de hoy ni siquiera se ha realizado la audiencia preliminar, mientras tanto, como señala Carles, "la harina se sigue vendiendo a precios monopolísticos".
En respuesta a las insistencia de Carles sobre este proceso, los hermanos Rafael y David Virzi, primos del segundo vicepresidente de la República Felipe Virzi, a través de la firma Guerra y Guerra, demandaron por calumnia e injuria al comisionado Carles, ya que se sintieron ofendidos porque supuestamente este comparó a la industria harinera con los carteles de la droga que operan en Colombia.
Otro caso que involucró a una poderosa empresa económica fue el que se suscitó cuando Ricardo Pérez, S.A. compró por algo más de 7 millones de dólares todos los activos de Toyopan y Tesa, lo que dejó a esta empresa como único distribuidor de autos y repuestos originales Toyota.
Este proceso a pesar de que no fue manejado directamente por la CLICAC, motivó a la institución a realizar un estudio sobre la problemática, el cual hizo llegar a los tribunales para que fuera analizado y sirviera como base al momento de adoptar una decisión.
La concentración económica entre Ricardo Pérez, S.A. y Toyopan y Tesa fue denunciado por la Unión Nacional de Consumidores (UNCUREPA), que indicó que al quedar sólo en el mercado Ricardo Pérez, S.A. estaba en la posibilidad de fijar los precios que quisiera, sin que el consumidor tuviera otra opción donde acudir, por lo tanto la operación económica debía ser declarada ilegal, señalamientos que eran bastante cónsonos con el estudio realizado por la CLICAC.
Después de casi un año de espera, la audiencia finalmente se realizó en octubre del año pasado en el Primer Tribunal Superior de Justicia.
En mayo de este año el juzgado sentenció que la compra de Toyopan y Tesa por parte de Ricardo Pérez, S.A. no constituía una concentración económica prohibida por las leyes de Panamá, por lo tanto la transacción comercial podía seguir adelante.
Sin embargo, en esta ocasión se determinó que Ricardo Pérez, S.A. tenía diez días para presentar una propuesta que garantizará que no aumentaría los precios indiscriminadamente y no habría un desabastecimiento de refacciones, petición que fue apelada por la empresa ante la Corte Suprema de Justicia.
Igualmente la CLICAC junto a otros estamentos estatales han fallado en enfrentar el alto precio de los medicamentos, que afecta a toda la población y detrás del cual hay involucrados consorcios de gran poder económico.
En enero de este año, la CLICAC presentó al Ministerio de Salud, el Ministerio de Economía y Finanzas y a la Asamblea Legislativa, el proyecto de ley sobre medicamentos, que busca flexibilizar el proceso de registro sanitario y promover la libre competencia en el sector.
No obstante, después de innumerables reuniones en la Comisión de Comercio, no se obtuvo ninguna conclusión satisfactoria para la población.
Luego llegó el período de elecciones y la Asamblea Legislativa tuvo asuntos más importantes que atender, mientras el pueblo tiene que seguir comprando medicinas caras.
La CLICAC también intentó cumplir con su responsabilidad a inicios del año escolar, cuando el comisionado Rafael Carles indicó a los medios de comunicación que algunos colegios particulares obligaban a los acudientes a comprar en determinados almacenes los uniformes y útiles escolares, además de otras series de anomalías que fueron denunciadas por algunos ciudadanos ante la CLICAC, lo que podría tratarse de un caso de prácticas monopolísticas relativas.
Después de la conmoción inicial, el caso no ha tenido mayor trascendencia y todavía no se ha sancionado a ninguna escuela.
El único resultado que consiguió la CLICAC por sus acusaciones fue que la Asociación Nacional de Colegios Particulares interpusiera una demanda contra el comisionado Carles por "extralimitación de funciones".
El más reciente traspie de la CLICAC se relacionó con la firma de contratos en blanco.
Al percatarse de que esta practica se estaba realizando en varios comercios de la localidad la CLICAC ejecutó una diligencia contra varias mueblerías y financieras, donde se recabaron una serie de pruebas a través de allanamientos.
No obstante, después de que esta información se publicitara a nivel nacional como una de los mejores trabajos realizados por la CLICAC, debido a las graves consecuencias que pueden tener para los consumidores la firma de documentos en blanco, hizo su aparición el bufete de abogados Guerra y Guerra.
En representación de Corporación Financiera Almaros y Créditos Latinos Guerra y Guerra interpuso un amparo de garantías en contra del allanamiento perpetrado por la CLICAC, que fue fallado a su favor, debido a que se consideró que el mismo presentó problemas de forma.
Como consecuencia, las pruebas recabadas que consistían en cientos de documentos firmados en blanco, fueron declarados nulos y no podrán ser utilizados en contra de los acusados.
Según el asesor jurídico de la CLICAC, Pedro Meilan, es precisó que la Ley 29 se modifique para darle poder a la entidad para sancionar administrativamente, como ocurre en el resto de los países de Latinoamérica.
Mientras esto no suceda, la CLICAC sólo podrá seguir ventilando procesos relacionados con la garantía de los productos, siempre que no superen los B/.500.00. Fuera de este marco, el resto de los procesos deberán resolverse por la vía judicial.
Meilan explicó que el problema de los juzgados es que si se acude a estas instituciones a interponer un determinado reclamo, todo los procedimientos se deben hacer por medio de un abogado y muchas veces al final las costas del juicio resultan más onerosas que el bien que se adquirió.
Este hecho, dijo es conocido por muchos agentes económicos sumamente fuertes, que saben que en un 90% de los casos los consumidores no acudirán a un juzgado.
De acuerdo a Meilan, para tratar de solucionar esta coyuntura se ha contemplado algunas acciones, entre las que se encuentran la creación de una Defensoría de Oficio para los Consumidores y que los tribunales de comercio puedan resolver ciertos casos sin la necesidad de la intervención de un abogado.
Igualmente enfatizó que la CLICAC tienen las manos prácticamente atadas, ya que a pesar de que es una entidad de jurisdicción nacional, algunas de sus acciones pueden ser tiradas por tierra por un juzgado de circuito, que solamente tiene una jurisdicción local.
Para Meilan, lo lógico sería que el único que los pudiera detener fuera la Corte Suprema de Justicia, que también tiene competencia en toda la República.
Destacó que a simple vista esto no parece relevante, pero cuando se tiene que trabajar diariamente en la materia de protección se empiezan a sentir las consecuencias de estas deficiencias.