Importantes sectores empresariales consideran que el "talón de Aquiles" de la estrategia financiera del gobierno está en que no proporciona ninguna garantía para que el país no vuelva a adquirir el alarmante índice de endeudamiento que tiene actualmente, que supera los 7 mil 700 millones de dólares.
Las primeras acciones de los grupos privados, con respecto a este tema se hicieron sentir ayer, cuando la Asociación Panameña de Ejecutivos de Empresa (APEDE) presentó al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y a la Comisión de Hacienda de la Asamblea Legislativa un anteproyecto de ley para reglamentar el máximo límite de endeudamiento público.
Carlos Sucre, presidente de APEDE señaló que este gremio aún no tiene una posición oficial de apoyo o rechazo a la estrategia financiera gubernamental, pero indicó que la misma debería incorporar mecanismos que garanticen que "no volveremos a endeudarnos a niveles críticos".
La propuesta de APEDE establece los porcentajes de la deuda pública en relación con el Producto Interno Bruto (PIB), déficit fiscal, servicio de la deuda respecto al presupuesto nacional y la obligación gubernamental de presentar periódicamente a la opinión pública la situación de la deuda nacional.
A pesar que la propuesta deja "en blanco" los porcentajes, para que sean sometidos a discusión posterior, cifras manejadas por la institución indica que las deudas (interna y externa) del Estado no deben superar el 40% del PIB, la amortización de dichos créditos debe ser menor al 20% del presupuesto nacional y el déficit fiscal anual no debe sobrepasar el 1.20% del PIB del año anterior.
Actualmente, el servicio de la deuda pública total del Estado supera el 60% del PIB, lo que significa que de cada cinco dólares, uno se dedica al pago de préstamos, dinero que podría invertirse en obras de beneficio social, afirma el presidente de APEDE.
Por su parte, Gilberto Sucre, coordinador de la Comisión de Finanzas Públicas de APEDE, que elaboró la propuesta, aclaró que la misma es presentada independientemente de la aprobación de la ley para la utilización del Fondo Fiduciario, "porque se hace imperativo reglamentar y organizar el crédito público para que Panamá nunca más se vea en la encrucijada de preguntarse qué hacer con una deuda pública tan exagerada".
El anteproyecto de ley pretende "modernizar" la contratación de empréstitos, con mecanismos como la desmaterialización de los títulos, bajo el sistema de anotaciones de cuenta; la colocación a precios de mercado; la distinción entre créditos a largo plazo para inversiones y créditos a corto plazo. También se plantea un período de ajuste de tres años para que el país llegue a los niveles adecuados.
APEDE plantea que para que el Fondo Fiduciario sea utilizado para la compra de deuda deben existir las siguientes condiciones:
Límites concretos y establecidos legalmente que regulen el endeudamiento, Que los dineros que el gobierno se ahorre con su estrategia financiera, sean invertidos en la creación de empleos y no para gastos corrientes.
"La idea no es poner una camisa de fuerza al Gobierno, para que no pueda cubrir ciertas necesidades, si realmente necesita pedir préstamos", aclaró Carlos Sucre.
El empresario también señaló que un crecimiento de 3.5% en 1999 no es satisfactorio, pues solamente un crecimiento superior al 6% del PIB produciría la riqueza necesaria para reducir el desempleo y realizar inversiones sociales.
Ayer comenzó la discusión en la Asamblea Legislativa, del proyecto de Ley para uso del Fondo Fiduciario, mientras la bancada de oposición manifiesta que esta estrategia financiera debe desglosarse en sus dos componentes: compra de Bonos Brady con el Fondo Fiduciario, venta del 49% de las acciones de Cable& Wireless, ya que se tiene que votar "en plancha" por ambas medidas.
Por su parte el ministro de Economía y Finanzas, Víctor Juliao, ha manifestado que estaría dispuesto a realizar ciertas modificaciones a la propuesta financiera. ¿ Podría incorporar también límites para la contratación de deuda en el futuro, como lo plantea APEDE?
La Constitución Política de Panamá establece que el Organo Legislativo debe dictar las normas generales y específicas a las que debe sujetarse el Organo Ejecutivo para negociar y contratar préstamos, organizar el crédito público; reconocer la deuda nacional y arreglar su servicio.