Los lecheros tienen todo preparado para la segunda venta de leche barata.
La actividad se realizará nuevamente este viernes en la Gran Estación de San Miguelito, a partir de las 7 de la mañana.
Se comercializarán 10 mil litros a un costo de 3 litros por un dólar por persona, además de queso blanco a un dólar la unidad. Esta segunda venta es producto del seguimiento a las medidas de presión que realiza la Asociación Nacional de Ganaderos para que los industriales les reconozcan un aumento de 8 centésimos sobre el precio que le pagan en la leche grado A.
Esto facultaría a Panamá, bajo condiciones especiales, a obtener licencias obligatorias y realizar importaciones paralelas, facilitando de esta forma el derecho de producir medicamentos según las necesidades domésticas de urgencia o emergencia nacional y poder importar medicamentos de terceros mercados en mejores condiciones de precios y calidad según estándares internacionales.
En materia laboral, el tratado se convierte en una herramienta de obligatorio cumplimiento por las Partes al elevar los estándares de aplicación del Tratado.
En este aspecto se sustituye la redacción que limitaba a un esfuerzo de promover el cumplimiento de las obligaciones de las Partes a uno en el que las Partes se obligan a cumplir y hacer cumplir la normativa laboral nacional y los derechos fundamentales en beneficio de los trabajadores.
En este sentido entonces: l. Se refuerza la obligación de Panamá y EE.UU de adoptar y mantener en su legislación interna, así como aplicar efectivamente, los cunco derechos fundamentales reconocidos internacionalmente en Declaración de los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo de la OIT (1998), a saber:
i. Derecho de sindicación
ii. Reconocimiento efectivo del derecho de organizarse y negociar colectivamente
iii. Eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio.
iv. Eliminación efectiva del trabajo infantil y la prohibición de las peores formas de trabajo infantil.
v. Eliminación de la discriminación en materia de trabajo y empleo;
i. Se incluye una disposición que prohíbe la flexibilización o no aplicación de la legislación laboral vigente de manera que implique una afectación a la relación de comercio o inversión entre las Partes.
ii. El texto establece que el cumplimiento de las obligaciones del Capítulo (incluyendo la Declaración de la OIT) estará cubierto por el mecanismo de Solución de Controversias del Tratado.
iii. En este sentido se aclara que las controversias que serán estudiadas en el marco del tratado serán referidas a aquellas violaciones a los compromisos suscritos que impliquen una afectación real al comercio o inversión entre las Partes.
Esto se traduce en la posibilidad de utilizar los mismos criterios y recursos aplicables a todas las demás obligaciones del Tratado para garantizar el cumplimiento de los compromisos internacionales en materia laboral.
En materia ambiental también el aporte del acuerdo que hemos suscrito no tiene precedentes:
n. Se incluye la obligación de las Partes de adoptar, mantener e implementar efectivamente las obligaciones que ambas Partes han suscrito en el marco de los acuerdos multilaterales ambientales.
o. Se logran listar efectivamente específicos compromisos que se sujetarían a dicho estándar, sin que con ello se limite la posibilidad de que las Partes incluyeran nuevos compromisos, elemento que fuera pedido por las autoridades nacionales.
Sobre el particular se listan en siete Acuerdos multilaterales cubiertos:
i. Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas.
ii. Protocolo de Montreal sobre las sustancias que degradan la capa de ozono.
v. La Convención de ramsar sobre los humedales.
vi. La Convención internacional para la regulación de la caza de ballenas.
vii. La Conservación de los recursos vivos marinos antárticos.
p. Las obligaciones del Capítulo en su totalidad estarán sujetas al mecanismo de solución de controversias del Tratado siempre y cuando a través del incumplimiento exista una afectación al comercio o la inversión entre las Partes. El acuerdo reconoce que la flexibilización de la normativa ambiental interna para promover el establecimiento de nuevas inversiones es inapropiado.
q. En caso de controversias se define de manera específica cómo se desarrollarían las consultas con miras a encontrar una solución satisfactoria en la materia.