Verifique sus cuentas, lea sus facturas, analice su cheque y hable con su contador. Desde hoy hay un nuevo reglamento que regirá la carga tributaria. Los impuestos que usted paga cambiarán a partir del 1de abril.
La reglamentación no varió en términos conceptuales, a los que ya se conocían con la aprobación de la simplificación tributaria, a través de la Ley 61 de 26 de diciembre de 2002. En este sentido, el viceministro de Finanzas, Publio Cortés, manifestó que el reglamento no puede cambiar la ley, por lo que no se tiene que reflejar ningún cambio.
Por ejemplo, los bancos tendrán que pagar una nueva tasa de licencias bancarias, aplicada sobre sus activos no consolidados, sin contar sus subsidiarias en el exterior. Para las entidades bancarias, las nuevas imposiciones sacarán de competencia al centro bancario panameño.
Las entidades crediticias cargan sus costos sobre los negocios financieros gravados y no sobre los "off shore" ( que son las que más negocio generan). Esto acorta la utilidad de las actividades gravables y por ello pagan menos impuesto, pero a partir del próximo mes las cosas cambiarán.
En los períodos fiscales iniciados en el 2005 y 2006, las personas jurídicas pagarán un Impuesto Sobre la Renta (ISR) aplicando la tasa del 29% sobre la renta neta gravable. A partir del 2007, la tasa será de 28%. Por otro lado, para tener la exoneración del ISR, el sueldo de los asalariados no debe exceder ( sin incluir el décimo tercer mes) los 800 dólares.
La ley entra a regir a partir del 1 de abril, por lo que los trabajadores que ganen menos de 800 dólares no tendrán en descuento de ISR. Según las proyecciones estatales se beneficiará a 193,223 asalariados a partir de la sanción de la Ley.
La reglamentación fija bienes y servicios al impuesto selectivo al consumo, con una tarifa del 5%, además del 5% al ITBM. En este caso, las bebidas gaseosas de producción nacional e importada tendrán una base imponible de 5%. Los jarabes y siropes utilizados en la producción de estas bebidas se le aplicará un 6%. Los licores pagarán tres y medio centésimos, mientras que los vinos cinco centésimos.
Los vehículos automotores terrestres también pagarán un 5%, mientras que las motocicletas, yates, botes de vela, barcos, embarcaciones de recreo, como motos acuáticas y helicópteros tendrán una tasa de 5% respectivamente. Quedan con este mismo impuesto, las joyas, armas de fuego, servicio de televisión por cable y telefonía móvil.
Según la nueva reglamentación, los contribuyentes están obligados a extender y entregar facturas por cada transferencia o prestación de servicios que realicen, debiendo conservar copias hasta que el tributo prescriba.
En caso de que su factura sea modificada, se deberá ajustar a través de otro comprobante. El ISC se pagará en el caso de productos nacionales y prestaciones de servicios, mensualmente dentro de los 15 primeros días del mes siguiente.
Este, por ser un tributo a los servicios, susceptible de transferencia al consumidor, es uno de los impuestos que más preocupación ha despertado al proponerse la ampliación de su base.
Se pagarán un 5% sobre todos los honorarios profesionales (excepto los de salud, educación, agua, electricidad y telefonía fija y la telefonía celular de prepago). Uno de los aspectos de la reglamentación tiene que ver con los alimentos que están exentos del ITBM.
Entre estos se encuentran los productos agrícolas pecuarios, avícolas, productos de pesca, caza y los de naturaleza vegetal. También quedaron sin carga impositiva, los artículos de uso escolar. Los clientes tendrán que pagar a los restaurantes el ITBMS de 5% por el total de la factura o el servicio completo, incluyendo también los restaurantes de comida rápida.
Reformas Tributarias ya tienen reglamento
Aprobado el reglamento, más de 193 mil trabajadores con un salario de 800 balboas no tendrán descuentos de impuesto sobre la renta.