La Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor (CLICAC), ha determinado iniciar una investigación administrativa con miras a constatar si existe alguna violación a las normas de protección del consumidor por parte del grupo económico MACELLO, S.A.
Además la entidad luego de agotar el trámite administrativo correspondiente, la CLICAC, mediante resolución D.G N° 12-03 de 23 de enero de 2003, sanciona con multa de cinco mil dólares con 00/100 (B/5,000.00) a MACELLO, S.A. por haber incurrido en faltas a las normas citadas.
La medida de la CLICAC obedece a una nota suscrita por el Secretario Ejecutivo de la Asociación Nacional de Ganaderos (ANAGAN), Euclides Díaz, quien el pasado 18 de diciembre de 2002, señalaba su preocupación "por la gran cantidad de denuncias de los ganaderos sobre el resultado del pesaje de su ganado en la pesa de la planta de MACELLO, S.A".
Fuentes de la CLICAC, indican que tras haber examinado el recurso de apelación en contra de la referida resolución, el pleno de la comisión, mediante resolución N°PC-150-03 de 26 de marzo de 2003, ha ratificado su determinación anterior, la cual una vez notificada, es una Resolución en firme que agota la vía gubernativa.
Cabe señalar que el 13 de marzo de 2002 en la Gaceta Oficial 24,510, se divulgó el Reglamento Técnico DGNTI-COPANIT 37-2002 que se aplica a los instrumentos para pesar de funcionamiento no automático; es decir, a todos aquellos donde el objeto a pesar se coloca y se retira del receptor de carga o plataforma, sin la intervención de un sistema automático.
Este reglamento establece que los instrumentos de pesar objeto de la reglamentación, utilizados en transacciones comerciales en la determinación de masa con fines de la salud, la seguridad y del medio ambiente, deberán estar calibrados y certificados con errores no mayores que los máximos tolerados por dicho reglamento, por lo que los agentes económicos deben estar atentos a dar debida atención a tales disposiciones a los efectos de garantizar el resultado de sus transacciones.