Economía

Se avecina conflicto entre Ejecutivo y Legislativo


Las partidas presupuestarias otorgadas a los legisladores, sobre todo a los del PRD y sus aliados políticos, los podría convertir en los más importantes financieros de obras públicas a nivel individual en el período gubernamental 1999 - 2004.
Esto se debe a que en una situación sin precedentes en los anales presupuestarios, las controvertidas Partidas Presupuestales cuentan con dos fuentes de recursos: la mitad del presupuesto de la Asamblea Legislativa correspondiente a 1999 y el 5 por ciento de las utilidades del Fondo Fiduciario para el Desarrollo.
El cincuenta por ciento del presupuesto legislativo que asciende aproximadamente a B/.30 millones estará dedicado a las partidas circuitales, cantidad de dinero que supera a las partidas asignadas en el período gubernamental de Pérez Balladares. A ello habrá que sumar una cantidad aún no cuantificada, proveniente del 5 por ciento de las utilidades que obtenga el Fondo Fiduciario por depósitos en bancos extranjeros y nacionales y por los intereses de la compra de títulos - valores "invesment grade", es decir de primera jerarquía en el mercado de valores.
A juicio de expertos en asuntos fiscales, el destino de dos fuentes de ingresos a las partidas circuitales viola las normas de la técnica presupuestal de Panamá y de cualquier otro país occidental. Más aún, hay quienes afirman que la aprobación de partidas presupuestales por acuerdo unilateral de la Asamblea Legislativa contradice lo dispuesto por el artículo 264 de la Constitución que expresa a la letra: "Corresponde al Organo Ejecutivo la elaboración del proyecto de Presupuesto General del Estado y al Organo Legislativo su examen, modificación, rechazo o aprobación".
Para que se aprobara el aumento de las partidas circuitales era indispensable que tal incremento fuera propuesto por el Organo Ejecutivo en el presupuesto del año 2000, pero la asamblea asumió una iniciativa de gasto que no le corresponde, adelantándose al envío del presupuesto general que se deberá efectuar a través del Organo Ejecutivo presidido por Mireya Moscoso, después de septiembre. A ese respecto, el artículo 268 de la Carta Política señala que "la Asamblea Legislativa no podrá aumentar ninguna de las erogaciones previstas en el proyecto de Presupuesto o incluir una nueva erogación, sin la aprobación del Consejo de Gabinete, ni aumentar el cálculo de los ingresos, sin el concepto favorable del Contralor General de la República".
Esto quiere decir que si el primer presupuesto de Mireya Moscoso no incluye a las partidas presupuestarias, la Asamblea no podrá incorporarlas y el gasto unilateralmente introducido quedaría sin efecto. Por ese hecho se estima que ya se ha creado una fuente de conflicto previsible entre el Ejecutivo y el Legislativo.
Bajo esas circunstancias, solamente se aceptaría como ingreso presupuestario el 5 por ciento de las utilidades del Fondo Fiduciario, conforme lo prevé la ley 20 de 1995.
Por otro lado se comenta insistentemente que el manejo de las partidas circuitales no se haría en el futuro por vía parlamentaria, sino a través de la administración del Fondo de Emergencia Social (FES) de la Presidencia de la República, por disposición del nuevo gobierno de la Unión por Panamá.
El FES trabaja con fondos otorgados en calidad de préstamos por organismos internacionales como el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA), el Banco Internacional de Desarrollo (BID) y el Banco Mundial, así como las correspondientes contrapartidas del gobierno nacional y las partidas circuitales asignadas a los legisladores por iniciativa de éstos, aunque pueden optar por otro carril de inversión y administración.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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