Economía

Supervisión bancaria se impone bajo un manejo de riesgos

La vigilancia ha transitado desde el cumplimiento y gestión organizada de los bancos, en un enfoque de cumplimiento de normas y reglas, hacia un enfoque en los riesgos.


Inmediatamente después de la crisis de 1929 surgió la necesidad de reforzar las regulaciones financieras, con particular atención al sistema bancario.

Esto como medida dirigida a evitar las crisis sistémicas del sector financiero, que inevitablemente se transfieren al sector real de la economía.

La supervisión y regulación bancaria desarrollada desde entonces ha puesto el acento en el buen manejo de las instituciones bancarias a nivel individual, asumiendo, implícitamente, que esto sería condición suficiente para preservar la solidez de los sistemas financieros.

 

La respuesta arriba indicada, asume que las crisis sistémicas eran principalmente generadas por desbalances macroeconómicos que se transmiten a los mercados financieros, lo cual llevó a las autoridades de supervisión a concentrarse en blindar a los bancos frente a dichos fenómenos, de manera tal que no afectaran su solvencia, su permanencia en el negocio y sus roles de intermediación.

Las crisis de Asia, Argentina, México, Chile y Venezuela, parecen confirmar esta aseveración. Algunas de ellas provocaron efectos que se extendieron más allá de las fronteras nacionales. Sin embargo, no todas las crisis sistémicas han tenido su origen en los desbalances macroeconómicos, aunque estos han contribuido.

Así, las crisis de 1929, la de los 80 derivados del sobre endeudamiento de distintos países, y la más reciente y actual, han tenido su génesis en buena medida en el mismo sistema financiero, a pesar de las regulaciones y normas de supervisión existentes.

 

La supervisión ha transitado desde el cumplimiento y gestión organizada de los bancos, en un enfoque de cumplimiento de normas y reglas, hacia un manejo de riesgos.

Particularmente, la crisis en la década de los 80 llevó a la identificación de condiciones óptimas de sobrevivencia de los bancos, estimándose que la relación de capital en relación a los riesgos era una medida adecuada de solvencia.

Implícito en estas consideraciones estaban situaciones particulares de competencia ventajosa de los bancos de determinados países, que al no tener regulaciones tan marcadas como las emanadas de la Banking Act de 1933 (Glass-Stegall Act,) que limitaban la capacidad de la banca norteamericana, podían incursionar en mercados externos sin dichas restricciones que limitaban a sus pares norteamericanos.

 

En este contexto, el fortalecimiento de los criterios de regulación prudencial recomendado por los Acuerdos de Basilea se han convertido en el referente obligado para mejorar la capacidad supervisora de las entidades responsables en todo el mundo.

Estas recomendaciones podría decirse que corresponden al símil de que los militares se preparan para la guerra última que se perdió, quedando en cierta medida desprotegidos en el futuro, frente a nuevos desafíos no contemplados inicialmente.

El crecimiento exponencial de la tecnología, la creciente expansión de los bancos de los países desarrollados hacia los mercados emergentes, la creación y ampliación del uso de instrumentos financieros sofisticados, el desarrollo de grupos complejos financieros y empresariales, la globalización en general, han contribuido a crear un panorama distinto al existente hace apenas unos 20 años atrás.

 

Esta expansión y cambio de puntos referenciales ha demandado la creciente adecuación de normas. Así, han existido voces que demandan menos regulación que limitan el crecimiento de la industria frente al nuevo panorama tecnológico y comercial globalizado, al mismo tiempo que se vive una liquidez excepcional de los sistemas financieros. Al mismo tiempo, los grupos de trabajo de Basilea han reforzado sus propuestas de mejora de supervisión, fortaleciendo la gestión de riesgos.

Estos han sido agrupados en varias categorías, y se ha dispuesto su gestión y administración.

Sin embargo, esta gestión y administración ha demostrado poca efectividad en prever situaciones particulares de los bancos, que sufrieron el contagio de los problemas de la Bolsa.

Y es que los bancos fueron parte del problema. Como consecuencia de las pérdidas recibidas en los mercados, los capitales patrimoniales en sus distintos “tier” fueron severamente castigados, llegando inclusive a valores muy cercanos a las pérdidas de los mismos, poniendo en riesgo la solvencia de los bancos. En esta ocasión, a su vez, surgen voces que demandan mayor regulación de los mercados, para evitar que ocurran nuevamente los problemas ocurridos.

En este contexto, podemos notar dos comportamientos, a saber: (a) en épocas de expansión, liquidez y crecimiento, existe una demanda de relajación de los criterios prudenciales de regulación, y (b) en épocas de restricción, reducción de liquidez y pérdidas, existen voces que demandan mayor regulación.

Claramente, se nota que el apelo a las disposiciones de regulación las convierten en pro-cíclicas, contribuyendo a la expansión, y mayores riesgos, en épocas de bonanza, y restrictivas y depresivas en épocas de desaceleración económica.

La búsqueda del justo medio, es entonces, primordial en la definición del alcance de la supervisión, tanto sistémica como de instituciones individuales.


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445825
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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