La Sala Tercera de Corte Suprema de Justicia suspendió provisionalmente los efectos de la Resolución N. 3 de 30 de agosto del año 2000, de la Junta Técnica de Contabilidad del MICI, que oficializa la adopción de las Normas Internacionales de Contabilidad (NICs) en Panamá.
La suspensión provisional de las NICs, por parte de la Sala Tercera, se dio a raíz de la demanda de nulidad de dichas normas, presentada por el Movimiento de Contadores Públicos Independientes.
Sin embargo, la Sala Tercera señala deberá analizar con mayor detenimiento la cuestión planteada y aclaró que la suspensión de las NICs no debe considerarse como un pronunciamiento adelantado sobre el litigio.
La demanda de nulidad interpuesta por el Movimiento de Contadores Públicos Independientes, a través del abogado Carlos Herrera Morán, tiene el propósito de impedir que Panamá adopte las NICs. Estas normas son una propiedad intelectual del Comité de Estándares Internacionales de Contabilidad (IASC) y que en tal condición, su uso, comunicación o traducción está expresamente prohibida por la Ley 15 de agosto de 1994, cuya infracción acarrea sanciones de tipo administrativo, civil y penal.
La demanda es respaldada por una nota enviada por Gillian Bertol, director del Comité de Estándares Internacionales, a la Presidencia de la Junta Técnica de Contabilidad. La carta hace énfasis en los derechos de autor que le corresponden a IASC por la publicación y reproducción, en cualquier idioma, de los Estándares Internacionales de Contabilidad y otras publicaciones relacionadas.
En la carta se cuestiona cómo se llevará a cabo el manejo de los permisos, número de copias, costos, precios de venta al mercado y regalías de la publicación del texto de las NICs.
La demanda también contiene tres cartas adicionales de librerías que certifican que no cuentan en su inventario el texto titulado "Normas Internacionales de Contabilidad".
Anteriormente, la Sala Tercera, mediante el fallo del 25 de octubre del 2000, declaró nula por ilegal la resolución N. 4 del 10 de febrero de 1998, emitida por la Junta Técnica de Contabilidad del MICI, mediante la cual se adoptaron como propias y de aplicación en Panamá, las NICs y las normas y guías internacionales de auditoría emitidas y que emita el Comité de Prácticas Internacionales de Auditoría de la Federación Internacional de Contadores, para la auditoría de estados financieros.