Panamá
Tema laboral debe sacarse de proyecto sobre Zona Libre
Es la posición del presidente de la Cámara de Comercio de Colón, Michael Chen, que considera que la situación económica del país no amerita la discusión.
- Francisco Paz
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- - Actualizado: 22/2/2023 - 03:15 pm
Michael Chen, presidente de la Cámara de Comercio de Colón, considera que todas las zonas libres deben ser equiparadas para que exista una competencia justa, al referirse al proyecto 620 sobre la Zona Libre Colón.
Sin embargo, es del criterio que el tema laboral no se debe tocar en estos momentos, porque es muy sensitivo.
“En estos momentos, el país está en una situación tan crítica, que el tema laboral no se debe discutir”, expresó el empresario.
Esta fue una de las razones por las que el segundo debate del proyecto 620 fue suspendido, hace dos semanas, para instalar una comisión técnica.
Sobre este punto, incluso, el dirigente popular de la provincia, Edgardo Voitier, dijo estar en contra de algunos artículos del régimen laboral que establece el proyecto.
El gerente de la Zolicol, Giovanni Ferrari, al abordar el tema laboral manifestó que hay interpretaciones equivocadas sobre el espíritu de la redacción de la ley y que no está incluyendo ninguna disposición que esté por encima de las reglas laborales de las otras zonas francas.
El proyecto 620 concede permisos laborales de más del 15% de los empleos de la Zona Libre, para contratar a capacitadores y personal especializado por espacio de tres años.
Las horas extraordinarias se ajustarán al Código de Trabajo.
El día de descanso será acordado entre las partes y su recargo por laborarlo será de 50%.
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La movilidad laboral se permite siempre que sea compatible con la posición que en ese momento ocupe el trabajador y que no conlleve una desmejora salarial.
Un tema que preocupa a las partes es el relacionado con las causales de despido, con base a la situación financiera de la empresa.
Es un asunto polémica que enfrenta tanto a trabajadores como empleadores con relación a la terminación de los contratos, conforme a lo dispuesto en el acápite C del artículo 213 del Código de Trabajo.
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