El Tribunal Constitucional alemán dictaminó que el derecho a la libertad de asamblea y manifestación rige en los aeropuertos y que este solo puede restringirse en caso de que ponga en peligro la seguridad aérea.
El TC alemán, con sede en Karlsruhe , añadió que este derecho está vigente también en instalaciones de empresas privadas, como la gestora del aeropuerto de Fráncfort, si pertenecen mayoritariamente al sector público.
La sentencia fue emitida en respuesta a la demanda presentada por una mujer a la que Fraport impidió repartir octavillas en contra de la expulsión de demandantes de asilo.