"Las convenciones colectivas de trabajo son un complemento especial para determinar los derechos y deberes de los empleadores y trabajadores en la relación obrero-patronal.
Sin duda alguna que aquí se establecen situaciones muy especiales que son de gran valía sobre todo para el sector trabajador que siempre aspira a que se les proteja y respete.
A la fecha unos 40,000 trabajadores en todo el país se están beneficiando de estos instrumentos legales que les permiten tener una vida más digna y decorosa. El Ministerio de Trabajo aplaude estas acciones, lo que significa que ambas partes tienen intereses comunes para llevar adelante el desarrollo de la empresa", dice el viceministro de trabajo.
"Las convenciones colectivas son el mecanismo de contrapeso que hay para hacer justicia en las empresas, en donde se plasman las inquietudes de los trabajadores.
En estos acuerdos se logran una serie factores que apuntan entre otras cosas, a la consecución de beneficios para los empleados.
Para que exista una negociación tiene que haber un sindicato dentro del centro de trabajo. Obviamente hay que hacer mayor conciencia para organizar sindicatos, de tal manera que éstos constituyan el inicio de los procesos para lograr acuerdos comunes.
Las empresas donde no hay sindicatos, no cumplen con este derecho laboral", expresó el sindicalista Mariano Mena.
"Los sindicatos permiten una comunicación con los trabajadores y facilita la gestión de la misma empresa.
Se han dado casos en donde la organización sindical ha sido el elemento que ha permitido salvar a muchas empresas.
Así por ejemplo, en el saqueo después de la invasión a Panamá en 1989, muchas instituciones sindicales se organizaron para proteger sus centros de trabajo y salvar sus bienes.
Mientras que en las convenciones colectivas se puede escuchar la voz de los empleados que en muchos casos facilitan su trabajo y a la vez hacen más productivas a las empresas. "Visión de Juan Planells, director del Instituto Nacional de Formación Profesional, INAFORP.