El animal infectado por la enfermedad de la vaca loca en Estados Unidos fue importado de Canadá, afirmó el veterinario en jefe del Departamento de Agricultura estadounidense, Ron DeHaven.
La vaca enferma formaba parte de un grupo de animales “importados” de Canadá en 2001, dijo DeHaven durante una conferencia de prensa telefónica, citando “información muy preliminar” que recibió la medianoche del viernes.
“Esa información sugeriría que el animal infectado probablemente entró a Estados Unidos como parte de un plantel de 74 vacas lecheras que fueron importadas a través del paso fronterizo de Eastport, Idaho, provenientes de un rebaño de Alberta, Canadá, en 2001,” agregó DeHaven.
Un caso del mal de la vaca loca o encefalía espongiforme bovina (EEB) se registró en Canadá en la primavera boreal, en la provincia de Alberta (oeste).
Las autoridades estadounidenses anunciaron el martes haber detectado el primer caso de vacaloca en el país, en un establecimiento lechero del Estado de Washington (noroeste). Un laboratorio británico confirmó el jueves que se trataba de un caso de encefalopatía espongiforme bovina, más comúnmente llamada enfermedad de la vacaloca.
Según los datos obtenidos de los canadienses, la vaca infectada “nació en abril de 1997”, por lo que tenía “seis años y medio” cuando fue sacrificada el 9 de diciembre, precisó DeHaven.
Las autoridades estadounidenses estimaban hasta ahora que el animal tenía entre cuatro y cuatro años y medio. Para asegurarse de que se trata efectivamente del mismo animal, se realizaron pruebas de ADN, señaló DeHaven. “Los resultados de ese test de ADN deberían estar disponibles en una semana”, afirmó.
Los otros 73 animales que entraron a Estados Unidos en 2001 “probablemente estén vivos todavía”, según DeHaven.
De acuerdo con el proyecto, las empresas telefónicas o empresas retenedoras, tendrán que presentar una declaración jurada de liquidación del impuesto correspondiente a las operaciones realizadas a más tardar el día 30 de cada mes, referente a las llamadas de larga distancia internacionales facturadas en el mes inmediatamente anterior.
Se puntualiza que si el agente retenedor no ha pagado al fisco el impuesto correspondiente a la tasa del 12% en el período estipulado, incurrirá una morosidad lo que le causará un recargo del 10% más intereses.
Dicho recargo se calculará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1072-A del Código Fiscal.